DecretoIn force
Decreto 14 de 1911
Sobre reorganización de la Escuela Nacional de Minas
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
5articles
0arts. reviewed
0rulings
0struck down
01
Constitutional review history
No constitutional review of this provision is recorded in the Constitutional Court graph.
02
Read all articles as a bookArticles
1La Escuela Nacional De Minas Restablecida Por El Artículo 21 De La Ley 39 De 1903, Funcionará Desde El 15 De Febrero De 1911, Con Independencia De Todo Establecimiento Oficial2Facúltase Ampliamente Al Consejo Directivo De La Escuela Nacional De Minas Para Dictar Todas Las Medidas Reglamentarias Que Contribuyan Á La Formación De Ingenieros Prácticos Capaces De Dirigir Acertadamente La Exploración Y Explotación De Minas3Autorízase Al Rector De La Escuela Nacional De Minas Para Que De Acuerdo Con Los Demás Miembros Del Consejo Directivo Disponga La Inmediata Traslación De Ese Instituto Á Un Campo Minero Donde Continuará En Lo Sucesivo Todas Sus Labores4Los Cursos En La Escuela Nacional De Minas Se Distribuirán En Cinco Años, Así: Año Primero5Por Decretos Separados Se Harán Los Nombramientos De Rector, Profesores Y Miembros Del Consejo Directivo, Y Las Creaciones, Supresiones Y Traslaciones Que Fueren Necesarias Para La Reorganización Del Servicio De La Escuela Nacional De Minas, En Conformidad Con Las Leyes 59 Y 85 De 1910
03