DecretoIn force
Decreto 1897 de 1987
por el cual se reglamenta una participación del impuesto sobre las ventas cedido a los Servicios Seccionalesde Salud.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
Constitutional review history
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02
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1º El Valor Correspondiente Al Impuesto Sobre Las Ventas Cedido A Las Servicios Seccionales De Salud Por El Consumo De Licores Destilados De Producción Nacional En El Departamento De Cundinamarca Y En El Distrito Especial De Bogotá Se Distribuirá De La Siguiente Manera: El Setenta Por Ciento (70%) Para El Servicio Seccional De Salud Del Departamento De Cundinamarca Y El Treinta Por Ciento (30%) Para El Servicio De Salud De Bogotá2º El Valor Del Impuesto A Que Hace Referencia El Artículo Anterior, Será Girado O Consignado Por Las Empresas Productoras De Licores A Favor De Los Servicios Seccionales De Salud Del Departamento Y Del Distrito En Las Proporciones Señaladas En El Presente Decreto3º El Presente Decreto Modifica El Artículo 8º Del Decreto 1194 De Junio 30 De 1987 Y Regirá A Partir De Su Publicación
03
Signatories
National Government
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere el numeral 3º del artículo 120 de la Constitución Política notifíquese y cúmplase
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público