DecretoVigencia En Estudio
Decreto 88 de 1958
por el cual se provee el reintegro de las sumas pagadas por el Fondo de Estabilización para contribuir al arreglo de la deuda comercial externa.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
3articles
0arts. reviewed
0rulings
0struck down
01
Constitutional review history
No constitutional review of this provision is recorded in the Constitutional Court graph.
02
Read all articles as a bookArticles
1La Nación Reintegrará Al Fondo De Estabilización Las Sumas Pagadas Por Dicha Entidad Para Hacer Reembolsos En Moneda Nacional Por Concepto De Registros De Cambio No Utilizados Por Los Particulares, En Virtud De Decisiones De La Junta Directiva De La Banco De La República, Encaminadas Al Arreglo De La Deuda Comercial Externa, Y Para Cubrir Los Intereses Causados Por Los Préstamos Que Con Tal Fin Haya Recibido2Para Efectos De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, La Nación Expedirá A Favor Del Fondo De Estabilización Pagarés Por El Total De La Acreencia3El Presente Decretó Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03
Signatories
National Government
- Mayor General Gabriel ParisPresidente de la República · encargado
- Mayor General Píoquinto RengifoEl Ministro de Gobierno
- Carlos Sánz De SantamaríaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José María VillarrealEl Ministro de Justicia
- Jesús María MarulandaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Alfonso Sáiz MontoyaEl Ministro de Guerra
- Jorge Mejía SalazarEl Ministro de Agricultura
- Juan Pablo LlinásEl Ministro del Trabajo. Raimundo Emiliani Román. - E1 Ministro de Salud Pública
- Harold Eder CaicedoEl Ministro de Fomento
- Julio César Turbay AyalaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Educación Nacional
- Mayor General Pedro A. MuñozEl Ministro de Comunicaciones
- Roberto Salazar GómezEl Ministro de Obras Públicas