DecretoRepealed
Decreto 610 de 1998
por el cual se establece una bonificación por compensación de los Magistrados de Tribunal y otros funcionarios.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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02
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1Créase, Para Los Funcionarios Enunciados En El Artículo 2° Del Presente Decreto, Una Bonificación Por Compensación, Con Carácter Permanente, Que Sumada A La Prima Especial De Servicios Y A Los Demás Ingresos Laborales Actuales Iguale Al Sesenta Por Ciento (60%) De Los Ingresos Laborales Que Por Todo Concepto Perciben Los Magistrados De La Corte Suprema De Justicia, Consejo De Estado, Corte Constitucional Y Consejo Superior De La Judicatura2La Bonificación Por Compensación De Que Trata El Artículo Anterior, Se Aplicará A Los Magistrados De Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial, Contencioso Administrativo, Nacional Y Superior Militar; A Los Magistrados Auxiliares De La Corte Suprema De Justicia, La Corte Constitucional, Y El Consejo Superior De La Judicatura; A Los Abogados Auxiliares Del Consejo De Estado; A Los Fiscales Y Jefes De Unidad Ante El Tribunal Nacional; A Los Fiscales Del Tribunal Superior Militar, Los Fiscales Ante El Tribunal De Distrito, Y Los Jefes De Unidad De Fiscalía Ante Tribunal De Distrito3La Bonificación Por Compensación Establecida En El Presente Decreto Se Pagará Mensualmente, Una Vez Se Haya Aprobado El Presupuesto Presentado Por El Gobierno Nacional Al Congreso De La República Y Tendrá Efectos Fiscales Desde El Primero De Enero De 19994El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Normas Que Le Sean Contrarias
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Signatories
National Government
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992
- Almabeatriz Rengifo LópezLa Ministra de Justicia y del Derecho
- Antonio J. Urdinola UribeEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Edgar Alfonso González SalasEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública