DecretoIn force
Decreto 403 de 1988
Por el cual se dictan medidas sobre corporaciones de ahorro y vivienda y se intervienen en la actividad del Banco Central Hiportecario
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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Constitutional review history
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02
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1º El Literal C) Del Artículo 1º Del Decreto 721 De 1987 Quedará Así: "c) Reparación Y Ampliación O División De Vivienda Usada Propia O Para La Venta, Lo Mismo Que La Adquisición De Las Unidades De Vivienda Resultantes"2º Autorízase A Las Corporaciones De Ahorro Y Vivienda Para Emitir Certificados De Ahorro De Valor Constante, Con Plazos Entre 1 Y 3 Meses, Los Cuales Estarán Sujetos A Los Requisitos Y Condiciones De Que Tratan Los Artículos 3º Y 4º Del Decreto 721 De 19873º Los Bonos De Fomento Urbano De Que Trata El Artículo 1º Del Decreto 720 De 1987 Se Emitirán En Adelante Con Un Plazo De 3 Años4º Autorízase Al Banco Central Hipotecario Para Emitir Bonos De Fomento Urbano, Para Efectos De Las Inversiones De Parte Del Encaje Que Efectúen Las Corporaciones De Ahorro Y Vivienda Con Sujeción A Las Normas Que Dicte La Junta Monetaria Al Respecto5º Los Recursos Que Capte El Banco Central Hipotecario A Través De La Colocación De Bonos De Fomento Urbano Se Destinarán Prioritariamente, A Través Del Fondo Financiero De Desarrollo Urbano, A La Adecuación De Inquilinatos Y Vivienda Compartida En Zonas Urbanas Y Rehabilitación De Asentamientos Subnormales, Conforme A Los Literales B) Y C) Del Artículo 3º Del Decreto 720 De 19876º El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Publicación
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Signatories
National Government
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales, en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 120 de la Constitución Política Publíquesey cúmplase
- Arturo Ferrer CarrascoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro · encargado