DecretoIn force
Decreto 283 de 1899
Por el cual se dispone que el producto de la liquidación del Banco Nacional ingrese a los fondos comunes del Erario
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1La Tesorería General Podrá Recibir De La Sección Liquidadora Del Banco Nacional, Como Dinero, La Deuda De La Tesorería Exigible, Que Aquella Oficina Reciba En Pago De Los Créditos Á Favor Del Extinguido Banco Nacional, Por Capital É Intereses2Fijase Como Término Dentro Del Cual Puedan Recibirse Dichos Documentos En Pago De Deudas En El Banco, El De Dos Meses, Que Comenzarán A Contarse Desde La Publicación De Este Decreto3Los Deudores Al Banco Nacional Contra Quienes Se Halle Ya Entablada Ejecución, Pagarán Los Honorarios Del Abogado Del Banco, De Conformidad Con El Contrato De Fecha 25 De Mayo De 1897 Dado En Anapoima, Departamento De Cundinamarca, Á 22de Junio De 1899
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