DecretoIn force
Decreto 22 de 1938
Por el cual se fijan las partidas mensuales para gastos de oficinas consulares ad honorem
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1Durante El Año De 1938 Las Partidas, Mensuales Para Gastos De Las Oficinas Consulares Ád Honórem De La República, Serán Las Mismas Fijadas Por Decreto Número 3 De 7 De Enero De 1937, Con Excepción De Los Consulados En Baltimore2Las Sumas Mensuales Fijadas Para Gastos A Los Consulados En Santiago De Chile, Berna Y Bruselas, En El Presente Año, Serán Las De Cien Pesos, Cincuenta Pesos Y Cincuenta Pesos, Que Les Asignaron Los Decretos Números3De Acuerdo Con El Artículo 1° Del Decreto Número 142 De 28 De Enero De 1935, Los Gastos Consulares Fijados Por El Presenté Decreto Se Pagarán En Dólares O En Su, Equivalente En Moneda Legal, Al Cambio Corriente, Siendo De Cargo Del Tesoro El Valor, De Las Primas De Cambio, Correspondientes
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