DecretoIn force
Decreto 104 de 1990
por el cual se modifican los artículos 4°, 6° y 11 del Decreto 2544 de 1987, referente al Seguro Obligatorio de Daños Causados a las Personas en Accidentes de Tránsito.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
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02
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1El Artículo 4° Del Decreto 2544 De 1987 Quedará Así: Artículo 4° El Seguro Sobre El Cual Versa Este Decreto, Tiene Por Objeto Cubrir La Muerte, Los Daños Corporales Físicos Causados A Las Personas Y Los Gastos Que Se Deban Sufragar Por Atención Médica, Quirúrgica, Farmacéutica, Hospitalaria Y Funeraria, Originados En Accidentes Producidos Por Vehículos Automotores Asegurados, Así Como También Los Gastos De Mejoramiento De Los Servicios De Atención Médica De Urgencia De Los Establecimientos Hospitalarios Y Clínicos, Todo De Acuerdo Con Las Condiciones Y Dentro De Los Límites Indicados En Este Decreto Y En La Respectiva Póliza De Seguros2El Artículo 6° Del Decreto 2544 De 1987 Quedará Así: Artículo 6° En Las Condiciones Generales De La Póliza, Se Incluirán Las Siguientes Coberturas: 13El Artículo 11 Del Decreto 2544 De 1987 Quedará Así: Artículo 114El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Signatories
National Government
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 3° del artículo 120 de la Constitución Política
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Eduardo Díaz UribeEl Ministro de Salud
- María Teresa Forero De SaadeLa Ministra de Trabajo y Seguridad Social
- Luz Priscila Ceballos OrdóñezLa Ministra de Obras Públicas y Transporte