[pic] DECISIÓN 810 Presupuesto de la Secretaría General para el año 2016. LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los artículos 22 literal i), 27 37 y 38 del Acuerdo de Cartagena, el Capítulo IV de la Decisión 409 que contiene el Reglamento de la Secretaría General el literal i) del Artículo 11 del Reglamento de la Comisión la Decisión 792 y la Resolución 1733 de la Secretaría General, y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 33 de la Decisión 409 establece que el presupuesto de la Secretaría General deberá elaborarse en función de su programa anual de labores; Que dicho Programa Anual de Labores para el año 2016 fue presentado a consideración de la Comisión el 18 de diciembre de 2015, habiendo sido revisado por ésta; Que en el marco de la reingeniería del Sistema Andino de Integración, la Decisión 792 estableció la priorización de los ámbitos de acción de la Comunidad Andina y en el artículo 7 de dicha Decisión, encomendó a la Secretaría General el uso eficaz de sus recursos evitando la dispersión para sacar adelante una Comunidad Andina más transparente, más racionalizada, más proactiva, más organizada y más eficiente;
Que con fecha 11 de marzo de 2016 la Comisión estableció el Grupo de Trabajo de presupuesto, el cual revisó el documento presentado por la Secretaría General y efectuó algunas recomendaciones; Que conforme al artículo 35 de la Decisión 409, la Secretaría General, ha venido aplicando el presupuesto anual aprobado para el año inmediato anterior, hasta tanto la Comisión decida el nuevo presupuesto;
Que, conforme a lo previsto en los artículos 22, literal i) del Acuerdo de Cartagena, y 11 literal i) del Reglamento de la Comisión, corresponde a este órgano aprobar el presupuesto anual y evaluar la ejecución presupuestal de la Secretaría General de la Comunidad Andina, así como fijar la contribución de cada uno de los Países Miembros; y, Que la Comisión en su Período de Sesiones Ordinarias 116 revisó la propuesta presentada por la Secretaría General y luego del debate correspondiente y detenido análisis;
DECIDE: Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto de la Secretaría General correspondiente al año 2016 que figura en el Anexo de la presente Decisión y cuya suma total asciende a US$ 5 659 200 (cinco millones seiscientos cincuenta y nueve mil doscientos dólares americanos). Artículo 2.- Fijar para el año 2016 la contribución de los Países Miembros a dicho Presupuesto en los montos siguientes: Bolivia US$ 628 800 Colombia US$ 2 200 800 Ecuador US$ 628 800 Perú US$ 2 200 800 Artículo 3.- Los Países Miembros cancelarán las contribuciones por trimestre, a que se refiere el artículo 2 durante el año 2016, de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 del Acuerdo de Cartagena.
Artículo 4.- Siempre que la Secretaría General tenga que contraer préstamos por causa de atraso de los Países Miembros en el pago de sus contribuciones, los intereses resultantes se sumarán en forma proporcional a los adeudos de los Países Miembros que se registren al cierre del ejercicio, salvo los intereses correspondientes a los aportes del primer trimestre que se cargarán al Presupuesto Ordinario de la Secretaría General.
Artículo 5.- La Secretaría General podrá ampliar su programa de trabajo y consecuentemente su Presupuesto de Gastos, de acuerdo a los demás recursos que pudieran ser dispuestos, sin que se alteren las contribuciones de los Países Miembros. Artículo 6.- Se autoriza a la Secretaría General a efectuar transferencias entre las Partidas en un monto que no supere el 10% (diez por ciento) del total del Presupuesto aprobado anexo a la presente Decisión. Si fuere necesario exceder dicho porcentaje, la Secretaría General deberá solicitar la autorización de la Comisión. Artículo 7.- En la ejecución del presupuesto, la Secretaría General deberá aplicar estrictos criterios de austeridad y ecoeficiencia en el marco de los temas priorizados y del cumplimiento del espíritu del proceso de reingeniería y temas priorizados del Sistema Andino de Integración, previsto en la Decisión 792 y de la Resolución 1733.
Artículo 8.- Los saldos no ejecutados de los presupuestos correspondientes a los ejercicios presupuestales 2013, 2014 y 2015, se dirigirán a considerar las necesidades de la Secretaría General (SGCAN) y del Tribunal de Justicia (TJCA) de la Comunidad Andina, en materia de infraestructura y equipos, previo análisis y revisión de ambos presupuestos por el Grupo de Trabajo de Presupuesto.
El remanente de dichos saldos se dirigirá a proyectos especiales que la Comisión identifique como prioritarios de interés comunitario y de beneficio para los cuatro Países Miembros, considerando el trato especial y diferenciado para Bolivia y Ecuador en el marco del Acuerdo de Cartagena. Los recursos a que se refiere los párrafos anteriores del presente artículo solo podrán ser ejecutados previa autorización de la Comisión de la Comunidad Andina.
Artículo 9.- Dentro de los 30 días siguientes al término de cada bimestre del año 2016, la Secretaría General presentará a la Comisión un informe sobre el estado de la ejecución presupuestal. Artículo 10.- La Secretaría General contratará la auditoría externa del ejercicio presupuestario a que se refiere esta Decisión, a través de un concurso entre firmas auditoras reconocidas, sobre la base de los términos de referencia que serán elaborados para tal fin.
Disposición Transitoria.- En un plazo de hasta tres meses contados a partir de la publicación de la presente Decisión, el Grupo de Trabajo sobre presupuesto -creado por mandato de la Comisión de la Comunidad Andina, el 11 de marzo de 2016- evaluará en detalle el presupuesto de la Secretaría General y su nivel de ejecución, entre otros, para el año 2016, a fin de verificar el monto total del presupuesto requerido para el referido año. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los diez días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.
ANEXO PRESUPUESTO POR PARTIDAS Y SUBPARTIDAS 2016 (En USD) |PARTIDA / SUBPARTIDA |IMPORTE |TOTAL | | |SUBPARTIDA|PARTIDA | | |S | | |PERSONAL | |4,250,70| | | |5 | |Haber Básico |2,796,744 | | |Bonificación de Fin de Año |233,062 | | |Bonificación Familiar |66,600 | | |Bono de Vivienda |252,620 | | |Fondo de Previsión |447,479 | | |Seguros Personales |200,611 | | |Gastos de Instalación y Repatriación |88,922 | | |Vacaciones al País de Origen |19,600 | | |Refrigerios |1,500 | | |Compensación por Vacaciones No Gozadas |26,266 | | |Otros Gastos de Personal |117,301 | | |CONTRATOS | |230,000 | |De Plazo Fijo |78,000 | | |Tareas Específicas |152,000 | | |VIAJES DE SERVICIO | |215,456 | |ÚTILES Y SERVICIOS | |526,602 | |Útiles y Efectos de Oficina |21,069 | | |Materiales de Impresión |11,118 | | |Telecomunicaciones |107,775 | | |Correos y Mensajería |6,000 | | |Atenciones Oficiales |17,754 | | |Honorarios Profesionales |36,084 | | |Servicios de Vigilancia Particular |120,625 | | |Servicios Públicos |81,900 | | |Seguros No Personales |31,269 | | |Otros Gastos en Bienes y Servicios |93,008 | | |BIENES DE CAPITAL | |104,850 | |Instalaciones y Mejoras |13,950 | | |Muebles, Máquinas y Equipos |90,900 | | |ALQUILERES Y MANTENIMIENTO | |239,215 | |Alquileres Varios |27,250 | | |Mantenimiento de Locales |151,259 | | |Mantenimiento de Muebles, Maquinarias y |30,280 | | |Equipos | | | |Mantenimiento de Equipos de |13,705 | | |Procesamiento de Datos | | | |Mantenimiento de Vehículos |7,491 | | |Otros Gastos de Mantenimiento |9,230 | | |INTERESES | |0 | |COMUNICACIÓN SOCIAL | |92,372 | |Publicaciones, Afiches, Folletos y Otros|55,447 | | |Servicio de Noticias |10,656 | | |Libros, Suscripciones y Otros |26,269 | | |TOTAL GENERAL | |5,659,20| | | |0 |