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RESOLUCIÓN N° 1790CAN · Resolutions2015-07-14

MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 447. ACTUALIZACIÓN DEL CATÁLOGO BÁSICO DE PLAGAS Y ENFERMEDADES EXÓTICAS A LA SUBREGIÓN ANDINA EN LO CONCERNIENTE A SCRAPIE O PRURIGO LUMBAR.

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RESOLUCIÓN N° 1790 Modificación de la Resolución 447. Actualización del Catálogo Básico de Plagas y Enfermedades Exóticas a la Subregión Andina en lo concerniente a Scrapie o Prurigo Lumbar. LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Capítulo IX del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 515 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria Andina, Decisión 737 de la Comisión y la Resolución 847 de la Secretaría General de la Comunidad Andina; y,

CONSIDERANDO

Que, desde la adopción del Catálogo Básico de Plagas y Enfermedades de los Animales Exóticas a la Subregión Andina, por Resolución 447 de la Junta del Acuerdo de Cartagena y sus actualizaciones por las Resoluciones 146, 480, y 847 de la Secretaría General de la Comunidad Andina, se han producido modificaciones en las exigencias sanitarias para la importación de animales y productos de riesgo, respecto al scrapie, o prurigo lumbar;

Que en el punto 6 del anexo I de la Resolución 847 de la Secretaría General de la Comunidad Andina, se establecieron las prohibiciones y requisitos para comercializar mercancías desde países afectados por scrapie o prurigo lumbar y en el punto 7, las condiciones para la liberación de un país afectado por dicha enfermedad; Que mediante las resoluciones 1012, 1336 y 1587 de la SGCAN, se actualizó la información relacionada a Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB);

Que los Países Miembros y la Secretaría General de la Comunidad Andina en su labor de revisión y actualización de la normativa andina identificaron la necesidad de concordar las exigencias sanitarias para el reconocimiento de zonas o países libres de enfermedades exóticas de los animales de importancia para los Países Miembros de la Comunidad Andina y actualizar algunos requisitos sanitarios, a fin de facilitar su aplicación;

Que mediante la Decisión 737 de la Comisión se estableció el Reglamento Andino de Cuarentena para el Comercio o la Movilización Intrasubregional y con Terceros Países de Animales Terrestres y sus Productos. Que mediante la Resolución 1425 de la Secretaría General, se adoptó el Manual Técnico del citado reglamento, en cuyo numeral 3.4.1 se establece el procedimiento para el reconocimiento comunitario de país o zonas libres de enfermedades exóticas a la subregión;

Que el Comité Técnico Andino de Sanidad Agropecuaria (COTASA), Grupo Sanidad Animal, en su CLXXIII Reunión realizada el 27 y 28 de abril de 2015, propuso la modificación de la Resolución 847; Que la Secretaría General encuentra conforme dicha propuesta por lo que habiéndose cumplido el procedimiento previsto en el artículo 46 de la Decisión 515;

RESUELVE

Artículo 1.- Modificar la Resolución 447 que adopta el Catálogo Básico de Plagas y Enfermedades de los Animales Exóticas a la Subregión Andina en lo concerniente a scrapie o prurigo lumbar, en los términos que figuran en el Anexo de la presente resolución. Artículo 2.- Derogar la Resolución 847 de la Secretaría General. Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los trece días del mes de julio del año dos mil quince. Pablo Guzmán Laugier Secretario General ANEXO