RESOLUCIÓN N° 2383 Metodología para la Transmisión de Datos Estadísticos Trimestrales sobre el Transporte Acuático Internacional de mercancías y pasajeros. LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 53 y 54 del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 288, 314, 390, 842 y 911 de la Comunidad Andina; la Resolución 1409 de la Secretaría General de la Comunidad Andina; y,
CONSIDERANDO
Que, para el seguimiento y evaluación de los avances del proceso de integración, la información estadística constituye uno de los principales instrumentos que permiten a los Países Miembros y la Secretaría General de la Comunidad Andina ejecutar sus políticas y determinar acciones en torno a la integración comunitaria; Que, los órganos e instituciones que conforman el Sistema Andino de Integración necesitan contar con estadísticas armonizadas, oportunas y confiables sobre la situación y la evolución del transporte acuático de mercancías y de pasajeros;
Que, la Decisión 288 establece la libertad de acceso para la carga originada y destinada, por vía marítima, dentro de la Subregión, a ser transportada por buques de propiedad, fletados u operados por Compañías Navieras de los Países Miembros y de terceros países; Que, la Decisión 314, modificada por la Decisión 390, establece la libertad de acceso a las cargas transportadas por vía marítima que genere el comercio exterior de los países de la Subregión, conforme a los requisitos y condiciones señaladas en dicha norma comunitaria;
Que, la Decisión 842 dispone que los Países Miembros elaborarán estadísticas comunitarias armonizadas sobre el transporte acuático internacional de mercancías y pasajeros, efectuado por buques comerciales que hagan escala en los puertos situados en su territorio; Que, los artículos 4 y 5 de la mencionada norma comunitaria, facultan a la Secretaría General a adoptar, mediante Resolución, las variables, definiciones, mecanismos y otros datos técnicos para la debida aplicación de la Decisión, teniendo en cuenta las recomendaciones efectuadas en las reuniones de los expertos gubernamentales en estadísticas de transporte acuático del Comité Andino de Estadísticas;
Que, la Decisión 911 aprobó la extensión del Programa Estadístico Comunitario para el periodo 2023-2025. El citado PEC estableció como uno de sus objetivos proporcionar información estadística armonizada y oportuna para apoyar el desarrollo, el cimiento y la evaluación de las políticas de la Comunidad Andina; como son: Integración Comercial, Transporte, entre otras.
Asimismo, dicha norma dispuso la realización de diversas acciones como: desarrollar un Sistema de Información de Transporte Acuático; Que, a efectos de permitir la debida aplicación y desarrollo de la Decisión 842, así como para actualizar el marco normativo, facilitar el envío, recolección y difusión de las estadísticas comunitarias de transporte acuático en la Comunidad Andina, resulta conveniente aprobar nuevas disposiciones técnicas para la transmisión de dichos datos;
Que, los expertos gubernamentales en estadísticas de transporte acuático de los Países Miembros, en su reunión realizada entre el 1 y el 3 de agosto de 2023, manifestaron su opinión favorable al texto de la Metodología para la Transmisión de datos estadísticos trimestrales sobre el transporte acuático internacional de mercancías y pasajeros;
Que, el Comité Andino de Estadísticas (CAE), en su XLVI Reunión Ordinaria efectuada bajo la modalidad de videoconferencia el 17 de enero de 2024, recomendó su adopción mediante Resolución de la Secretaría General;
RESUELVE
Artículo 1.- Adoptar la Metodología para la Transmisión de Datos Estadísticos Trimestrales sobre el Transporte Acuático Internacional de Mercancías y Pasajeros, contenido en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 2.- Los Países Miembros deberán notificar a la Secretaría General de la Comunidad Andina, a través de sus órganos de enlace, las autoridades nacionales competentes responsables de la transmisión de datos a que hace referencia el artículo anterior, dentro del plazo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 3.- Las autoridades nacionales competentes responsables de la transmisión de datos, remitirán a la Secretaría General de la Comunidad Andina, trimestralmente y dentro de los tres (3) meses posteriores al período de referencia de la información, los datos obtenidos de la aplicación de la metodología a la que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Derogar la Resolución 1409 de la Secretaría General de la Comunidad Andina.
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro. Gonzalo Gutiérrez Reinel Embajador Secretario General ANEXO Metodología para la Transmisión de Datos Estadísticos Trimestrales sobre el Transporte Acuático Internacional de mercancías y pasajeros Contenido Introducción Objetivo Definiciones Datos que enviarán los Países Miembros Procedimiento para el envío de los datos estadísticos Tablas de apoyo Tabla 1: Periodo de reporte de las estadísticas Tabla 2: Clasificación del tipo de cargamento Tablas referenciales: Nomenclatura Común del Sistema Armonizado de los Países Miembros de la Comunidad Andina Puertos que registran tráfico internacional de mercancías y pasajeros en la Comunidad Andina.
Tabulados de transmisión de los datos Introducción La Comunidad Andina, a fin de promover efectivamente el desarrollo del transporte acuático, requiere información pertinente, oportuna y de calidad, que le permita monitorear, evaluar y tomar decisiones de políticas relativas al transporte acuático acorde con la evolución del proceso de integración andino y de los alcances del comercio.
En ese sentido, es indispensable el desarrollo de un sistema electrónico que permita el almacenamiento de datos y la generación de estadísticas comunitarias. Esta metodología propone el procedimiento para la transmisión de la información estadística trimestral sobre el transporte acuático internacional de mercancías y pasajeros, que forma parte del artículo 3 de 842, Elaboración de Estadísticas de Transporte Acuático de la Comunidad Andina.
El documento desarrolla el contenido para cada uno de los cuadros, descripciones y las clasificaciones de las variables. Estas desagregaciones fueron sujetas a consideración de los Expertos Gubernamentales en Estadísticas de Transporte Acuático y, tras su análisis, observaciones y recomendaciones, constituyen el mecanismo de transmisión de la información estadística que será enviada por las autoridades nacionales competentes designadas a la Secretaría General de la Comunidad Andina.
Objetivo Establecer las disposiciones técnicas para la transmisión de las estadísticas trimestrales sobre el transporte acuático internacional de mercancías y pasajeros, en cumplimiento del artículo 1 y 3 de la Decisión 842 relativo a la “Elaboración de Estadísticas de Transporte Acuático de la Comunidad Andina”. Definiciones Arribo de buque: Llegada de un buque o nave con la finalidad de movilizar carga y/o pasajeros.
Buque comercial: Es aquel buque o nave, u otra embarcación debidamente registrado y matriculado, utilizado para el transporte de mercancías, propias o de terceros, o de personas, o de ambos. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente Resolución los barcos de pesca y los buques factoría dedicados a la transformación del pescado, los buques destinados a perforación y exploración, los remolcadores, los empujadores, los dragueros, los buques destinados a investigación y exploración, los buques de guerra y los buques utilizados exclusivamente con fines no comerciales.
Contenedor de carga: Es un equipo de transporte de naturaleza permanente y, por lo tanto, lo suficientemente fuerte como para ser adecuado para un uso repetido; especialmente diseñado para facilitar el transporte de mercancías en uno o más modos de transporte, sin recarga intermedia; equipados con dispositivos que permiten su fácil manejo, particularmente su transferencia de un modo de transporte a otro; están diseñados para ser fáciles de llenar y vaciar; tener una longitud de 20 pies o más; y las medidas de un contenedor, pueden ser: de 20, 40, 45 pies a más. Crucero: Buque de pasajeros destinado a suministrar a estos una experiencia turística completa; todos los pasajeros disponen de camarotes; se incluyen las instalaciones de entretenimiento a bordo; se excluyen los buques que desarrollan normalmente servicios de transbordador, incluso si algunos pasajeros lo consideran como crucero; también se excluyen los buques de carga capaces de llevar un número muy limitado de pasajeros con cabina propia; y los buques destinados únicamente a excursiones de un día..
Desembarque: Es la operación de movilizar la mercancía y/o pasajeros desde el buque comercial hacia el muelle. Embarque: Es la operación de movilizar mercancía y/o pasajeros desde el muelle hacia el buque comercial. Exportación: Conjunto de bienes y servicios vendidos por un país, son los flujos de salida de bienes (mercancías) del territorio económico nacional.
Una exportación es básicamente todo bien y/o servicio legítimo que el país productor o emisor (el exportador) envíe como mercancía a un tercero (importador), para su compra o utilización. Importación: Ingreso de mercancías que consiste en las adquisiciones entre el resto del mundo y el territorio económico de un país. País de destino: Es el país declarado como último destino de la mercancía. País de origen: Es el país declarado de origen de la mercancía. Pasajero de crucero: Pasajero marítimo o fluvial que realiza una travesía en un crucero; se excluyen los pasajeros de excursiones de un solo día. Peso bruto: Es el peso de las mercancías, incluido el embalaje y paletas para el transporte internacional, expresado en toneladas métricas.
Peso neto: Peso de la mercancía excluyendo los empaques, tanto interiores como exteriores que se utilizan para evitar el deterioro o proveer algún aislamiento especial, así como aquellas envolturas o elementos de presentación que comúnmente acompaña la mercancía para su venta directa. Puerto: Cualquier localidad dotada de facilidades permanentes que permitan a los buques comerciales amarrar y descargar o cargar mercancías, así como desembarcar y embarcar pasajeros movilizados en el tráfico marítimo o por aguas interiores.
Sistema Armonizado: Es una nomenclatura para la codificación, descripción y clasificación de las mercancías/productos en el comercio internacional. Tipo de carga: Agrupación de mercancías que se mueven por los puertos conforme a su forma de presentación y características físicas señaladas en la tabla 2 (Clasificación del Tipo de Cargamento) de la presente Resolución. Transbordo: Carga o mercancía descargada de un buque para ser embarcada en otra, dentro de las instalaciones de un terminal portuario con destino al exterior.
Tránsito: Carga o mercancías que permanecen en un buque mientras ésta realiza operaciones en los terminales portuarios de un país; con destino al exterior. Transporte acuático internacional de mercancías y pasajeros: Es el traslado o movilización de mercancía o pasajeros por vía marítima, fluvial y lacustre de un país a otro, utilizando como medio de transporte el buque comercial.
Datos que enviarán los Países Miembros Las autoridades nacionales competentes designadas de cada País Miembro, enviarán los datos estadísticos sobre el transporte acuático internacional de mercancías y pasajeros previsto en el artículo 3 de la Decisión 842, conjunto de datos a, y aquellos que, por recomendación de los expertos gubernamentales en estadísticas de transporte acuático del Comité Andino de Estadísticas, se establezcan mediante Resolución de la Secretaría General.
Los datos estadísticos acordados pasarán por un proceso de validación según los lineamientos establecidos para el tema estadístico y se enviarán por correo electrónico a la Secretaría General de la Comunidad Andina, en tanto entre en funcionamiento el Sistema de Información Estadístico de Transporte Acuático de la Comunidad Andina (SIETAC).
Procedimiento para el envío de los datos estadísticos a. Nombre del archivo El archivo en formato.xls deberá etiquetarse así: PPTTTQQAAAAMCP.xls Donde: PP: Dos caracteres para representar la sigla del país que reporta (BO, CO, EC y PE), siguiendo la nomenclatura ISO-ALPHA-2. TTT: Tres dígitos para indicar el tema (Transporte acuático: 541) QQ: Dos dígitos para el periodo de reporte (Trimestral: I, II, III y IV, corresponden a 19, 20, 21 y 22, respectivamente), de acuerdo con la tabla 1.
AAAA: Cuatro dígitos para el año (2022, 2023, etc.) MCP: Tres caracteres para determinar el conjunto de datos (MCP: relativo a las estadísticas del movimiento de carga y pasajeros). PPTTTQQAAAAMCP.xls Ejemplo: El Perú (PE, codificación del país) envía los datos estadísticos del segundo trimestre (20) de 2023. En ese caso, el archivo (.xls) deberá nombrarse de la siguiente manera gráfica: Los archivos de datos recibidos por la Secretaría General de la Comunidad Andina serán procesados automáticamente para comprobar la validez de su contenido. b. Principales criterios de consistencia de la información estadística ● Todos los datos deben estar comprendidos entre el primer y último día del mes de cada trimestre de la transmisión, según corresponda.
No se validará información con fechas posteriores y o anteriores al período de referencia. ● Los nombres de los puertos reportados serán aquellos que registren movimiento internacional de mercancías y pasajeros. Las autoridades nacionales competentes designadas de cada País Miembro deberán poner en conocimiento de la Secretaría General, los nuevos puertos marítimos y de aguas interiores, en tanto sean puestas en vigencia en el ámbito nacional. ● La información estadística del transporte marítimo y en aguas interiores de mercancías y pasajeros que se enviará a la Secretaría General de la Comunidad Andina, será aquella que fue movilizada por buques comerciales. ● El tipo de cargamento que se utilice será de acuerdo a la Tabla 2 de la presente Resolución. ● El peso de la mercancía debe ser un número entero, sin decimal.
Al momento de registrar el peso de la mercancía no se debe tener en cuenta la tara (peso) del equipamiento. El código de la mercancía exportada e importada a nivel partida que se registre corresponderá a la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (4 dígitos) según Decisión 812. ● Mantener el registro de los principales países de origen/destino, y la opción “otros” no exceda del 20% del total importado/exportado (Cuadros 3a y 3b).
El número de países de la carga de importación y exportación no exceda de 10 (Cuadros 3a y 3b). Mantener el registro de las veinte principales mercancías por puerto, las siguientes se agrupará en la opción “otros” (Cuadros 4a y 4b). No se considerará como carga el avituallamiento, ni el abastecimiento de combustible en alta mar a otro buque.
Se indicarán aquellos puertos de uso público y privado que realizan movimiento internacional de mercancía y pasajeros, controlado por la autoridad portuaria. Si registra arribo de buques de cruceros, deberá contener el número de pasajeros movilizados. No se registrarán celdas en blanco. c. Instrucciones para el registro de las estadísticas trimestrales Cuadro 1: Movimiento de carga, según puerto y tipo de carga La finalidad del tabulado es obtener una descripción total de la mercancía transportada.
Se detallará el nombre del puerto que realiza las operaciones de embarque, desembarque, transbordo y transito desagregado por tipo de carga: granel líquido, granel sólido, carga general, carga rodante, y carga en contenedores. Se indicarán aquellos puertos que realizan tráfico de internacional de mercancías y pasajeros de uso público y privado, de acuerdo a los puertos supervisados por la autoridad portuaria.
El peso bruto de la mercancía se registrará en toneladas; la carga total incluirá tránsito, transbordo, se excluye la información sobre cabotaje. A continuación, se presenta un ejemplo para la transmisión de los datos estadísticos, que hacen referencia a las variables acordadas. Ejemplo: El Perú informó que, en los cuatro trimestres del año 2023, se movilizaron 81 022 831 toneladas por los puertos del país; de los cuales 44 102 939 toneladas se movilizaron por el puerto del Callao, 6 299 184 toneladas por el puerto de Matarani, 12 408 683 toneladas por el puerto San Nicolás……….
Cuadro 1 PERÚ: MOVIMIENTO DE CARGA, SEGÚN PUERTO Y TIPO DE CARGA, 2023 (Toneladas métricas) Cuadro 2: Carga de importación y exportación, según puerto Se reportará la carga de importación y exportación registrada en cada uno de sus puertos; asimismo, se agregarán totales por puerto y trimestre; además en la columna Total se consignará la sumatoria de los trimestres del año en referencia y se expresará el peso neto en toneladas.
Ejemplo: El Perú informó que, en los cuatro trimestres del 2023 la carga de comercio exterior totalizó 76 352 849 toneladas a través de los puertos del país; del Callao se exportaron 14 823 110 toneladas y se importaron 23 579 953 toneladas. Cuadro 2 PERÚ: CARGA DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN, SEGÚN PUERTO, 2023 (Toneladas métricas) Consistencia: Total por trimestre y puerto debe ser igual al total trimestral importación del cuadro 3a y total exportación del cuadro 3b.
Cuadro 3a: Carga de importación por país de origen, según puerto Se detallará el peso neto (toneladas métricas) de las importaciones registradas en los puertos, según el país de origen de la carga. Cuando la carga de importación no sea significativa se agrupará en la opción "otros", y éste no debe exceder del 20% del total registrado por el puerto.
Se detallarán totales por puerto y trimestre; además en la última columna Total se consignará la sumatoria de los trimestres del año en referencia. Consistencia: Total por trimestre y puerto debe ser igual al total importación trimestral cuadro 2. Ejemplo: Continúa el ejemplo de carga de importación del Perú desagregado por país de origen.
Cuadro 3a PERÚ: CARGA DE IMPORTACIÓN POR PAÍS DE ORIGEN, SEGÚN PUERTO, 2023 (Toneladas métricas) Cuadro 3b: Carga de exportación por país de destino, según puerto Se detallará el peso neto (toneladas métricas) de las exportaciones de cada uno de los puertos, según el país de destino de la carga. Cuando la carga de exportación no sea significativa se agrupará en la opción "otros", y éste no debe exceder del 20% del total registrado por el puerto.
Se detallarán totales por puerto y trimestre; además en la última columna Total se consignará la sumatoria de los trimestres del año en referencia. Consistencia: Total por trimestre y puerto debe ser igual al total exportación trimestral cuadro 2. Ejemplo: Siguiendo el ejemplo de carga de exportación del Perú desagregado por país de destino. Cuadro 3b PERÚ: CARGA DE EXPORTACIÓN POR PAÍS DE DESTINO, SEGÚN PUERTO, 2023 (Toneladas métricas) Cuadro 4a: Principales productos de importación, según puerto Se indicará el código que identifica el tipo de mercancía importada, utilizando la Nomenclatura Común del Sistema Armonizado de los Países Miembros de la Comunidad Andina (4 dígitos, código de la mercancía a nivel de partida), según Decisión 812; asimismo se registrará el volumen de mercancía importada (peso neto en toneladas).
Se detallarán las 20 principales mercancías por puerto. Cuando la carga de importación no sea significativa se agrupará en la opción "otros", y éste no debe exceder del 20% del total importado por el puerto. Se detallarán totales por puerto y trimestre; además en la última columna Total se consignará la sumatoria de los trimestres del año en referencia. Es de señalar, que: - En el código de la mercancía del Sistema Armonizado, se aceptará el código 9999, cuando: * No se conozca la mercancía que se transporta. - El código 9999 no excederá del 10% del valor de las mercancías importadas por puerto.
Ejemplo: Continúa el ejemplo de carga de importación del Perú desagregado por principales productos y sus respectivos totales. - En el código de la mercancía del Sistema Armonizado, se aceptará el código 9998 cuando: * Cuando se transporte mercancía múltiple en contenedores. - El código 9998 no excederá del 10% del valor de las mercancías importadas por puerto.
Cuadro 4a PERÚ: PRINCIPALES PRODUCTOS DE IMPORTACIÓN, SEGÚN PUERTO, 2023 (Toneladas métricas) Cuadro 4b: Principales productos de exportación, según puerto Se indicará el código que identifica el tipo de mercancía exportada, utilizando la Nomenclatura Común del Sistema Armonizado de los Países Miembros de la Comunidad Andina (4 dígitos, código de la mercancía a nivel de partida) según Decisión 812; asimismo se registrará el volumen de mercancía exportada (peso neto en toneladas).
Se indicarán las 20 principales mercancías por puerto. Cuando la carga de exportación no sea significativa se agrupará en la opción "otros", y éste no debe exceder del 20% del total exportado por el puerto. Se detallarán totales por puerto y trimestre; además en la última columna Total se consignará la sumatoria de los trimestres del año en referencia. Es de señalar, que: - En el código de la mercancía del Sistema Armonizado, se aceptará el código 9999, cuando: * No se conozca la mercancía que se transporta. - El código 9999 no excederá del 10% del valor de las mercancías exportadas por puerto.
Ejemplo: Siguiendo el ejemplo de carga de exportación del Perú desagregado por principales productos y totales. - En el código de la mercancía del Sistema Armonizado, se aceptará el código 9998, cuando: * Se transporte mercancía múltiple en contenedores. - El código 9998 no excederá del 10% del valor de las mercancías importadas por puerto.
Cuadro 4b PERÚ: PRINCIPALES PRODUCTOS DE EXPORTACIÓN, SEGÚN PUERTO, 2023 (Toneladas métricas) Cuadro 5: Movimiento de contenedores, según puerto Se registrará el nombre del puerto que realiza movimiento de contenedores (en unidades) llenos y vacíos de 20', 40' y 45', desagregado por operaciones de desembarque, embarque, tránsito y transbordo.
Se indicarán aquellos puertos de uso público y privado que realizan tráfico de internacional de mercancía en contenedor, supervisado por la autoridad portuaria. Asimismo, se detallarán totales por puerto y trimestre, en la última columna se acumulará la sumatoria los trimestres del año en referencia. Ejemplo: Continuando con el ejemplo, durante el segundo trimestre del 2023, el Perú presenta un movimiento de contenedores de 326 871 unidades, resaltando el mayor registro en el puerto del Callao con un total de 296 925 unidades de contenedores.
Cuadro 5 PERÚ: MOVIMIENTO DE CONTENEDORES, SEGÚN PUERTO, 2023 (Unidades) II Trimestre Cuadro 6: Arribo de buques cruceros y pasajeros, según puerto Se anotará el nombre del puerto de uso público y privado que registra arribo de buques de cruceros en los Países Miembros de la Comunidad Andina, dentro del período de referencia. Asimismo, se registrará el número de arribos y el total de pasajeros transportados por trimestre.
Para el adecuado diligenciamiento de esta información se tendrá en cuenta: La tripulación del buque no se debe considerar como pasajeros. Para registrar el transporte de personas se tendrá en cuenta las siguientes variables nombre del puerto, periodo de referencia, número total de arribos de buques de bandera extranjera y el número de pasajeros.
Se detallarán totales por puerto y trimestre; además en la última columna Total se acumularán los Arribos de buques cruceros y Pasajeros de los trimestres del año en referencia. Ejemplo: El Perú registra información de los cuatro trimestres del 2023, totalizando 83 arribos de buques crucero y transportaron un total de 55 874 pasajeros. Cuadro 6 PERÚ: ARRIBO BUQUES CRUCEROS Y PASAJEROS, SEGÚN PUERTO, 2023 (Número de arribos y pasajeros) Tablas de apoyo TABLA 1 PERIODO DE REPORTE DE LAS ESTADÍSTICAS TABLA 2 CLASIFICACIÓN DEL TIPO DE CARGAMENTO 1 Categorías de la Recomendación 21 para la Facilitación del Comercio de UN/ECE. 2 La cantidad registrada es el peso de las mercancías con inclusión del embalaje y exclusión de la tara de los contenedores y de las unidades ro-ro.
Nota: En el caso de presentarse un contenedor en el rango de, se registrará con el código 2. Tabulados de transmisión de los datos Cuadro 1 PAÍS: MOVIMIENTO DE CARGA, SEGÚN PUERTO Y TIPO DE CARGA, AÑO (Toneladas métricas) Cuadro 2 PAÍS: CARGA DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN, SEGÚN PUERTO, AÑO (Toneladas métricas) Cuadro 3a PAÍS: CARGA DE IMPORTACIÓN POR PAÍS DE ORIGEN, SEGÚN PUERTO, AÑO (Toneladas métricas) Cuadro 3b PAÍS: CARGA DE EXPORTACIÓN POR PAÍS DE DESTINO, SEGÚN PUERTO, AÑO (Toneladas métricas) Cuadro 4a PAÍS: PRINCIPALES PRODUCTOS DE IMPORTACIÓN, SEGÚN PUERTO, AÑO (Toneladas métricas) Cuadro 4b PAÍS: PRINCIPALES PRODUCTOS DE EXPORTACIÓN, SEGÚN PUERTO, AÑO (Toneladas métricas) Cuadro 5 PAÍS: MOVIMIENTO DE CONTENEDORES, SEGÚN PUERTO, AÑO (Toneladas métricas) Cuadro 6 PAÍS: ARRIBO BUQUES CRUCEROS Y PASAJEROS, SEGÚN PUERTO, AÑO (N° arribos y pasajeros) ****