Sexagesimotercer Período Ordinario de Sesiones de la Comisión 25 –2 6 de noviembre de 1994 Quito - Ecuador DECISION 367 Adecuación del Acuerdo de Cartagena al proceso de Integración Latinoamericano y Hemisférico LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA, CONSIDERANDO: Los cambios profundos realizados en el ámbito económico mundial y la evolución del contexto comercial multilateral, con sus repercusiones en los procesos de integración;
Que es necesario adaptar los procesos de integración a los nuevos escenarios, dotándolos de los mecanismos e instrumentos adecuados y ágiles; y, Reconociendo los esfuerzos de adaptación de los Países Miembros del Grupo Andino a las actuales exigencias de apertura al mercado internacional, y la necesidad de adecuarlos de manera comunitaria;
DECIDE: Artículo 1.- Reafirmar la voluntad política de emprender acciones conducentes a la adaptación de los mecanismos e instrumentos de la integración andina a las nuevas realidades y exigencias de la integración subregional, latinoamericana y hemisférica, y a la evolución del marco jurídico del comercio internacional. Artículo 2.- Propiciar una reunión ampliada de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, el próximo mes de enero de 1995, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores, a los fines de identificar los futuros lineamientos de acción que contribuyan al logro de los objetivos señalados en el Artículo 1 de la presente Decisión. Asimismo, incentivar la participación, en la reunión, de los diversos sectores de los Países Miembros involucrados en el proceso de integración andina.
Dada en la ciudad de Quito, Ecuador, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.