PERIODO CIENTO DOS DE SESIONES ORDINARIAS DE LA COMISION 7 y 8 de septiembre de 2009 Lima - Perú DECISION 714 Presupuesto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los Artículos 22, literal i) del Acuerdo de Cartagena; y 26 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina; y;
CONSIDERANDO
Que es necesario garantizar la asignación presupuestal para el debido y continuo funcionamiento del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina; DECIDE: Artículo Único.- Cuando se inicie un ejercicio presupuestario sin que la Comisión haya aprobado el correspondiente presupuesto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, éste aplicará el presupuesto anual aprobado para el año inmediato anterior, hasta tanto la Comisión decida el nuevo presupuesto.
En tales circunstancias, la contribución de los Países Miembros al Presupuesto del Tribunal será equivalente al monto aprobado para el año inmediato anterior. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los ocho días del mes de setiembre del año dos mil nueve.