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DECISIÓN N° 776CAN · Decisions2012-11-06

AGENDA TEMÁTICA ANDINA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

The official text of this document is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

PERIODO CIENTO NUEVE DE SESIONES ORDINARIAS DE LA COMISION 6 de noviembre de 2012 LIMA - PERU DECISION 776 Agenda Temática Andina de Ciencia y Tecnología LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los Artículos 3, segundo literal a), 124 y 125 del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 179, 213 y 471 de la Comisión de la Comunidad Andina; y

CONSIDERANDO

Que son objetivos de la Comunidad Andina promover el desarrollo equilibrado y armónico de los Países Miembros en condiciones de equidad, mediante la integración y la cooperación económica y social; propender a disminuir la vulnerabilidad externa y mejorar la posición de los Países Miembros en el contexto económico internacional, fortalecer la solidaridad subregional y reducir las diferencias de desarrollo existentes entre los Países Miembros, con la finalidad de procurar un mejoramiento persistente en el nivel de vida de los habitantes de la Subregión;

Que es necesario fortalecer la integración y la cooperación científica, técnica y cultural, así como el desarrollo armónico e integral de los Países Miembros, promoviendo el respeto a los derechos colectivos de los pueblos, nacionalidades y comunidades locales en correspondencia a las culturas locales; Que para el cumplimiento de dichos objetivos los Países Miembros coordinarán sus planes de desarrollo en sectores específicos y armonizarán gradualmente sus políticas económicas y sociales, con el propósito de alcanzar un desarrollo integrado del área, mediante acciones planificadas;

Que el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores aprobó, el 5 de febrero de 2010, el documento "Principios Orientadores y Agenda Estratégica Andina", en cuyo capítulo 3 se señala la disposición de impulsar la responsabilidad social, ambiental y tecnológica de los emprendimientos económicos así como promover el funcionamiento de la Red Regional de Ciencia y Tecnología;

Que mediante la Decisión 179 de 6 de mayo de 1986 se creó el Consejo Andino de Ciencia y Tecnología (CACYT), estableciendo entre sus funciones la preparación de los programas y acciones conjuntas para promover el desarrollo científico y tecnológico en la Subregión; Que mediante la Decisión 213 de 30 de noviembre de 1986 se ampliaron las funciones del CACYT previstas en la Decisión 179, estableciendo asimismo su estructura, objetivos y las modalidades de su funcionamiento;

Que el Consejo Andino de Ciencia y Tecnología, en su XVI Reunión del 2 de julio de 2010, recomendó adoptar una Agenda Temática Andina de Ciencia y Tecnología, destinada a promover acciones comunitarias en el marco del accionar del CACYT, proyecte sus tareas sobre la base de planteamientos realizables y de provecho para los Países Miembros, así como generar, en lo posible, una posición conjunta de la Comunidad Andina frente a otros esquemas de integración, bloques regionales y en su participación en eventos multilaterales;

Que en la XVII Reunión del CACYT, realizada el 29 de noviembre de 2011, los Representantes de los Países Miembros recomendaron la aprobación de la Agenda Temática Andina de Ciencia y Tecnología; Que, la Secretaría General de la Comunidad Andina presentó la Propuesta 280 de fecha 30 de noviembre de 2011, sobre la Agenda Temática Andina de Ciencia y Tecnología;

DECIDE: Aprobar la siguiente Agenda Temática Andina de Ciencia y Tecnología Artículo 1.- La Agenda Temática Andina de Ciencia y Tecnología tiene el objetivo de impulsar programas y proyectos que mejoren: a) La gestión institucional de los Países Miembros en materia de Ciencia, Tecnología, Conocimientos Tradicionales y Saberes Ancestrales. b) La transferencia de tecnologías y el apoyo al desarrollo productivo con inclusión social, especialmente a las micro, pequeñas y medianas empresas. c) La apertura de líneas de apoyo para el intercambio de experiencias en buenas prácticas en Investigación y Desarrollo e Innovación. d) El fortalecimiento de las capacidades técnicas y operativas de las comunidades científicas y tecnológicas andinas para promover la innovación en la Subregión en todos los ámbitos del desarrollo en respeto a los derechos colectivos de pueblos, nacionalidades y comunidades y correspondencia a las culturas locales.

Artículo 2.- La Agenda Temática Andina de Ciencia y Tecnología se llevará adelante con acciones en el corto y mediano plazo, en función de las prioridades que le asignen los Países Miembros y abarcará las siguientes actividades: a) Realizar un Estudio Andino de Aprovechamiento de Recursos Estratégicos en función de las potencialidades de cada País Miembro, para lo cual se identificarán, o considerarán, según sea el caso, los insumos provenientes de estudios nacionales y de otras fuentes, y los esquemas en que participen uno o todos los Países Miembros, con el fin de obtener información confiable y actualizada, cuyo objetivo sea el de establecer el conocimiento necesario para mejorar las condiciones de desarrollo, el rendimiento y la calidad de los procesos de explotación sustentable más aconsejables. b) Promover la realización de Jornadas Andinas de Intercambio en Ciencia, Tecnología, Innovación y Conocimientos Tradicionales a realizarse en los cuatro Países Miembros, a fin de analizar de forma coordinada la incorporación de la Ciencia, Tecnología e Innovación y su impacto en la creación de las MIPYMES y especialmente en las de base tecnológica (spin off y start ups), así como el intercambio constante de información, la transferencia de tecnología y la coordinación entre los Países Miembros que permita, en lo posible, adelantar acciones conjuntas a fin de mejorar las capacidades de los sectores productivos andinos, en especial las MIPYMES andinas, a partir del uso adecuado de la innovación tecnológica. c) Promover la creación de manera coordinada y cooperativa, de Parques Tecnológicos que estimulen la conformación y consolidación de Centros de Excelencia vinculados a la Innovación Tecnológica, así como otras modalidades de capacitación, sobre la base de la cooperación e intercambio de experiencias a nivel subregional. d) Impulsar, a través de diferentes iniciativas, la Especialización Productiva y la Formación y Capacitación de Capital Humano en Ciencia y Tecnología (C&T), con énfasis en las MIPYMES, con el fin de generar sinergias organizativas y la articulación de Redes Nacionales de Científicos y Entidades vinculadas al tema, y de ese modo fortalecer el mercado ampliado en la Comunidad Andina. e) Crear un Sistema Andino de Información que figure en un Portal Tecnológico Andino sobre la base de información existente en otros Sistemas de Información Científica, Tecnológica, de Innovación, y de Conocimientos Tradicionales existentes, donde esté registrada información de los Países Miembros de la Comunidad Andina, la cual deberá ser completada y actualizada de forma coordinada.

Esta acción permitirá obtener y compartir información esencial para hacer frente a las decisiones tecnológicas, acceso a novedades, invenciones, identificación de potenciales socios o competidores, aplicaciones tecnológicas emergentes, mecanismos de protección y reconocimiento de expresiones culturales y otra información que pueda contribuir al éxito de una experiencia innovadora en el marco del proceso interno de innovación tecnológica de cada uno de los Países Miembros, e impulse una activa participación de todos los actores nacionales: Gobierno-Empresas-Universidades-Centros de Investigación- Redes científicas, en el esfuerzo del aprendizaje y uso adecuado de tecnologías nuevas. f) Llevar adelante eventos conjuntos que versen sobre la Sistematización, Recuperación, Protección y Apropiación de Saberes Locales y Conocimientos Tradicionales, a través de actividades conjuntas que permitan avanzar en un registro de los Conocimientos Tradicionales y Saberes Locales de las comunidades, pueblos y nacionalidades de la Subregión, a fin de promover su incorporación en la estructura científica de los Países Miembros, donde se preserve y proyecte el conocimiento científico y tecnológico local y ancestral andino al servicio y beneficio del desarrollo de cada País Miembro.

Artículo 3.- Serán premisas de la Agenda Temática Andina de Ciencia y Tecnología las siguientes: a) Promover la Transferencia Horizontal de Conocimientos, de los Centros de Excelencia, las Redes de Tópicos de interés para la Empresa, la Academia y los Gobiernos Electrónicos, y las redes de investigadores en beneficio de la sociedad civil de los Países Miembros. b) Consideración positiva de la cooperación triangular y las experiencias de los Países Miembros en otros foros. c) Establecer modalidades de implementación, a través de la conformación de grupos de trabajo específicos en el marco del CACYT. d) Promover la reflexión sobre las Decisiones que históricamente ha tomado la Comunidad Andina que involucran temas de la Agenda Temática de Ciencia y Tecnología, con el propósito de actualizarlas de acuerdo con las realidades, capacidades y proyección que en materia de ciencia, tecnología, innovación y conocimientos tradicionales tienen los países de la subregión andina.

Artículo 4.- El CACYT y la Secretaría General buscarán los mecanismos de cooperación horizontal y establecerán vínculos de coordinación para acceder, en mejores condiciones, a la cooperación técnica internacional. La Secretaría General, en coordinación con el CACYT, gestionará ante la Cooperación Técnica, los recursos necesarios para llevar adelante la Agenda Temática.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil doce.