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Gace1996CAN · Official Gazettes2011-11-24

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GACETA OFICIAL 15/07/2011 3.52 Año XXVIII - Número 1996 Lima, 24 de noviembre de 2011 SUMARIO Secretaría General de la Comunidad Andina Resolución 1442.- Actualiza Anexos de la Decisión 670 Pág. 1 RESOLUCION 1442 Actualiza Anexos de la Decisión 670 LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTAS: La Decisión 670 “Adopción del Documento Único Aduanero”, y las Decisiones 716 y 752 que la modifican; la Resolución 1312; y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 6 de la Decisión 670 dispone que el formato electrónico que se utilizará para el intercambio de información entre las administraciones aduaneras de los Países Miembros en relación con el Documento Único Aduanero (DUA), así como el cronograma para su implementación, se aprobará mediante Resolución de la Secretaría General de la Comunidad Andina;

Que la Segunda Disposición Final de la Decisión 670 establece que la Secretaría General, tomando en cuenta las recomendaciones del Comité Andino de Asuntos Aduaneros, adoptará mediante Resolución las normas reglamentarias que resulten necesarias para la actualización de sus anexos; Que, mediante Resolución 1312, se dispuso actualizar, entre otros, los Anexos II y IV de la Decisión 670, disponiéndose además adoptar el Formato Electrónico del Documento Único Aduanero;

Que en la XXX Reunión del Grupo de Expertos en Documento Único Aduanero del Comité Andino de Asuntos Aduaneros, de manera conjunta con Expertos en Valoración Aduanera, realizada por videoconferencia, los delegados de los Países Miembros manifestaron su conformidad con las modificaciones proyectadas sobre los Anexos II y IV de la Decisión 670, de acuerdo al texto sustituido por la Resolución 1312;

Que en la XXVII Reunión del Comité Andino de Asuntos Aduaneros realizada por videoconferencia el 28 de octubre de 2011, los Directores de Aduana y/o sus representantes, tomando en consideración la conformidad del Grupo de Expertos en Documento Único Aduanero y del Grupo de Expertos en Valoración Aduanera, respecto del proyecto normativo presentado a los Países Miembros por este Órgano Comunitario, acordaron recomendar su aprobación por la Secretaría General;

RESUELVE

Artículo 1.- Actualizar el Anexo II de la Decisión 670, sustituido mediante Resolución 1312, reemplazando el texto del numeral 49 por el siguiente: “49. Condición y Lugar de entrega Indicar la condición y lugar de entrega de acuerdo a lo pactado entre el vendedor y el comprador. La condición de entrega respectiva se registra según los códigos de la Tabla 15 del Anexo IV (Cuando se trate de una condición de entrega diferente a los Incoterms consignar el Código ZZZ y especificar en la casilla 49).

Para nosotros la patria es América GACETA OFICIAL 24/11/2011 2.16 Especifique: Indicar cuál si se pactaron condiciones de entrega diferentes a las previstas en los INCOTERMS.” Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Artículo 2.- Actualizar el Anexo IV de la Decisión 670, sustituido mediante Resolución 1312, reemplazando las Tablas 1, 2, 7, 12, 13, 14 y 15.

El Anexo IV actualizado, como se indica en el presente artículo, se adjunta a la presente Resolución. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil once. ADALID CONTRERAS BASPINEIRO Secretario General a.i. GACETA OFICIAL 24/11/2011 3.16 ANEXO TABLAS DEL DOCUMENTO ÚNICO ADUANERO Tabla 1 Países Código Nombre Código Nombre Código Nombre AD Andorra CK Cook, Islas GS AE AF AG AI AL AM AN AO AQ AR AS AT AU AW AX AZ Emiratos Arabes Unidos Afganistán Antigua y Barbuda Anguila Albania Armenia Antillas Neerlandesas Angola Antártida Argentina Samoa Americana Austria Australia Aruba Aland, Islas Azerbaiyán CL CM CN CO CR CU CV CX CY CZ DE DJ DK DM DO DZ Chile Camerún China Colombia Costa Rica Cuba Cabo Verde Navidad (Christmas), Isla Chipre República Checa Alemania Djibouti Dinamarca Dominica República Dominicana Argelia GT GU GW GY HK HM HN HR HT HU ID IE IL IM IN IO BA BB BD BE BF BG BH BI BJ BL BM Bosnia y Herzegovina Barbados Bangladesh Bélgica Burkina Faso Bulgaria Bahrein Burundi Benin San Bartolomé Bermuda EC EE EG EH ER ES ET FI FJ FK FM IQ IR IS IT JE JM JO JP KE KG KH BN BO FO FR KI KM Kiribati Comoras BR BS Brunei Darussalam Estado Plurinacional de Bolivia Brasil Bahamas Ecuador Estonia Egipto Sahara Occidental Eritrea España Etiopía Finlandia Fiji Falkland Islands (Malvinas) Micronesia, Estados Federados de Feroé, Islas Francia Georgia del Sur y Sandwich del Sur, Islas Guatemala Guam Guinea - Bissau Guyana Hong Kong Heard y McDonald, Islas Honduras Croacia Haití Hungría Indonesia Irlanda Israel Isla de Man India Territorio Británico del Océano Indico Irak República Islámica de Irán Islandia Italia Jersey Jamaica Jordania Japón Kenya Kirguistán Camboya GA GB Gabón Reino Unido KN KP BT BV BW BY BZ Bhután Bouvet, Islas Botswana Belarús Belice GD GE GF GG GH Granada Georgia Guayana Francesa Guernsey Ghana KR KW KY KZ LA CA CC CD Canadá Cocos (Keeling), Islas República Democrática del Congo República Centroafricana Congo Suiza Costa de Marfil GI GL GM Gibraltar Groenlandia Gambia LB LC LI Saint Kitts y Nevis Corea (Norte), República Popular Democrática de Corea (Sur), República de Kuwait Caimán, Islas Kazajstán Lao, República Democrática Popular de Líbano Santa Lucía Liechtenstein GN GP GQ GR Guinea Guadalupe Guinea Ecuatorial Grecia LK LR LS Sri Lanka Liberia Lesotho CF CG CH CI GACETA OFICIAL 24/11/2011 4.16 Código Nombre Código Nombre Código Nombre LT LU LV LY Lituania Luxemburgo Letonia Libia OM PA PE PF Omán Panamá Perú Polinesia Francesa SZ TC TD TF MA MC MD ME MF MG MH MK Marruecos Mónaco Moldova, República de Montenegro San Martín Madagascar Marshall, Islas Macedonia PG PH PK PL PM PN PR PS TG TH TJ TK TL TM TN TO ML MM MN MO MP PT PW PY QA RE MQ MR MS Malí Myanmar Mongolia Macao Marianas Septentrionales, Islas Martinica Mauritania Montserrat Papúa Nueva Guinea Filipinas Pakistán Polonia Saint Pierre y Miquelon Pitcairn Puerto Rico Territorios Autónomos de Palestina Portugal Palau Paraguay Qatar Reunión RO RS RU Rumania Serbia Federación de Rusia UA UG UM MT MU MV MW Malta Mauricio Maldivas Malawi RW SA SB SC Rwanda Arabia Saudita Salomón, Islas Seychelles US UY UZ VA MX México SD Sudán VC MY Malasia SE Suecia VE MZ NA Mozambique Namibia SG SH VG VI NC NE Nueva Caledonia Níger SI SJ NF NG NI NL NO NP NR NU NZ Norfolk, Islas Nigeria Nicaragua Países Bajos Noruega Nepal Nauru Niue Nueva Zelandia SK SL SM SN SO SR ST SV SY Singapur Santa Helena, Ascensión y Tristán de Acuña Eslovenia Svalbard y Jan Mayen, Islas Eslovaquia Sierra Leona San Marino Senegal Somalia Suriname Santo Tomé y Príncipe El Salvador Siria, República Arabe de TR TT TV TW TZ VN VU Swazilandia Turcas y Caicos, Islas Chad Territorios Franceses del Sur Togo Tailandia Tayikistán Tokelau Timor Leste Turkmenistán Túnez Tonga Turquía Trinidad y Tobago Tuvalu Taiwán Tanzanía, República Unida de Ucrania Uganda Islas menores alejadas de Estados Unidos Estados Unidos Uruguay Uzbekistán Santa Sede (Estado de la Ciudad del Vaticano) San Vicente y las Granadinas República Bolivariana de Venezuela Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes de los Estados Unidos, Islas Viet Nam Vanuatu WF Wallis y Futuna, Islas WS Samoa YE Yemen YT Mayotte ZA Sudáfrica ZM Zambia ZW Zimbabwe Fuente: ISO 3166-1 Newsletter VI-7 Códigos para la representación de los nombres de países y sus subdivisiones, Parte 1 Códigos de país GACETA OFICIAL 24/11/2011 5.16 Tabla 2 Aduanas de los Países Miembros La codificación de las Aduanas corresponde a la codificación nacional de cada País Miembro. 071 072 101 201 211 221 231 232 234 241 242 244 261 301 311 361 401 421 422 431 432 501 521 542 543 601 621 622 631 641 643 701 711 721 722 732 733 734 735 736 737 DESIGNACIÓN BOLIVIA Agencia Exterior Matarani Agencia Exterior Arica Interior Sucre Interior La Paz Aeropuerto El Alto Frontera Charaña Zona Franca Comercial El Alto Zona Franca Industrial El Alto Zona Franca Industrial Patacamaya Frontera Desaguadero Frontera Kasani Frontera Puerto Acosta Postal La Paz Interior Cochabamba Aeropuerto Cochabamba Postal Cochabamba Interior Oruro Frontera Pisiga Frontera Tambo Quemado Zona Franca Comercial Oruro Zona Franca Industrial Oruro Interior Potosí Frontera Villazón Frontera Apacheta Frontera Avaroa Interior Tarija Frontera Yacuiba Frontera Picada Sucre Zona Franca Comercial Yacuiba Frontera Bermejo Frontera Villamontes Interior Santa Cruz Aeropuerto Viru Viru Frontera Puerto Suárez Frontera Arroyo Concepción Zona Franca Comercial Santa Cruz Zona Franca Comercial San Matías Zona Franca Comercial Puerto Suárez Zona Franca Comercial Winner Zona Franca Industrial Puerto Suárez Zona Franca Industrial Winner 738 741 743 761 841 862 921 931 001 003 004 008 009 010 012 013 014 015 016 017 018 019 020 021 022 023 024 025 026 027 028 029 034 035 036 037 038 039 040 041 042 043 DESIGNACIÓN Zona Franca Industrial Santa Cruz Frontera San Matías Frontera San Vicente Postal Santa Cruz Frontera Guayaramerín Postal Trinidad Frontera Cobija Zona Franca Comercial e Industrial Cobija COLOMBIA Armenia Bogotá Bucaramanga Girardot Ibague Manizales Montería Neiva Pasto Palmira Pereira Popayán Quibdo Santa Marta Tunja Tulua Villavicencio Sincelejo Valledupar Rio Hacha Sogamoso San Andrés Florencia Barrancabermeja Arauca Buenaventura Cártago Ipiales Leticia Maicao Tumaco Urabá Puerto Carreño Puerto Inírida GACETA OFICIAL 044 045 046 048 086 087 088 089 090 019 028 037 046 055 064 073 082 091 109 118 127 019 028 046 055 24/11/2011 6.16 DESIGNACIÓN Yopal Mitu Puerto Asís Cartagena Pamplona Barranquilla Cali Cúcuta Medellín ECUADOR Guayaquil – Aéreo Guayaquil – Marítimo Manta Esmeraldas Quito Puerto Bolívar Tulcán Huaquillas Cuenca Loja - Macará Santa Elena Latacunga PERU Tumbes Talara Paita Chiclayo 082 091 118 127 145 154 163 172 181 190 217 226 235 244 262 271 280 299 884 893 910 929 938 947 956 965 DESIGNACIÓN Salaverry Chimbote Marítima del Callao Pisco Mollendo – Matarani Arequipa Ilo Tacna Puno Cuzco Pucallpa Iquitos Aérea del Callao Postal de Lima Desaguadero Tarapoto Puerto Maldonado La Tina Dependencia Ferroviaria Tacna Dependencia Postal Tacna Dependencia Postal de Arequipa Complejo Fronterizo Santa RosaTacna Terminal Terrestre Tacna Aeropuerto Tacna Ceticos – Tacna Dependencia Postal de Salaverry Tabla 3 Destinos y Regímenes aduaneros (Primer dígito para la conformación del código) CÓDIGO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 SEGMENTO O GRUPO GENERAL Exportación Exportación Temporal Reembarque Importación Admisión temporal Reimportación Ingreso a depósitos Tránsito aduanero Otros Tabla 4 Tipo de despacho aduanero CÓDIGO 1 2 3 DESCRIPCIÓN Normal Anticipado Urgente GACETA OFICIAL 24/11/2011 7.16 Tabla 5 Tipos de documentos de identificación CÓDIGO 01 DESIGNACIÓN Registro Único de Contribuyente 02 Documento Nacional de Identidad 03 04 05 06 07 Pasaporte Organismos Públicos Cédula de Extranjería Organismos Internacionales Fuerzas Armadas y Policiales INCLUYE Número de Identificación Tributario (BO, CO) Registro Único de Contribuyente (EC, PE) Cédula de Ciudadanía (EC, CO) Carnet de Identidad (BO) Registro de Identificación Nacional (BO) Registro Único Nacional (BO) Documento Nacional de Identidad (PE) Carné de Extranjería Carné de Identidad Militar Policial (PE) Tabla 6 Puertos y otras localidades (Tabla UN/LOCODE Códigos de puertos y otras localidades) Tabla 7 Modos de transporte CÓDIGO DESCRIPCIÓN EXPLICACIÓN 0 Modo de transporte no especificado El modo de transporte no ha sido especificado 1 Transporte marítimo Transporte por mar 2 Transporte ferroviario Transporte por ferrocarril 3 Transporte carretero Transporte por carretera 4 Transporte aéreo Transporte por aire 5 Correo Método de transporte de bienes es por correo 6 Transporte multimodal Método de transporte de bienes por transporte multimodal 7 Transporte por instalación fija Transporte del ítem es vía una instalación fija de transporte 8 Transporte en aguas interiores Transporte por aguas interiores 9 Modo de transporte no aplicable El modo de transporte no es aplicable Fuente: UN/CEFACT Códigos de modos de transporte, Recomendación Nº 19, 2ª edición. GACETA OFICIAL 24/11/2011 8.16 Tabla 8 Unidad de Carga CÓDIGO 01 02 03 04 05 06 07 08 DESCRIPCIÓN Barcazas o planchones Contenedores Furgones Paletas Remolques y semi-remolques Tanques Vagones o plataformas de ferrocarril Otros elementos similares Tabla 9 Tipo de derechos, impuestos, recargos, tasas, sanciones e intereses CONCEPTO Derechos de aduana Impuestos Internos Recargos Tasas Sanciones Intereses CÓDIGO 01 02 03 04 05 06 Tabla 10 Unidad de medida del plazo CÓDIGO 1 2 3 4 UNIDAD DE MEDIDA DEL PLAZO Día hábil o útil Día calendario o continuo Mes Año Tabla 11 Clase de embalaje CÓDIGO AE AM AP AT BA BB BC BD BE BF BG BH BI BJ BK BL BN DESCRIPCIÓN Aerosol Ampolla, sin proteger Ampolla, protegida Atomizador Barril («barrel») Bobina («bobbin») Cajón de botellas, botellero Tabla Haz («bundle») Balón, sin proteger Bolsa Atado Cubo («bin») Balde («bucket») Cesta («basket») Bala, comprimida Bala, sin comprimir CÓDIGO BO BP BQ BR BS BT BU BV BX BY BZ CA CB CC CE CF CG DESCRIPCIÓN Botella, sin proteger, cilíndrica Balón, protegido Botella, protegida, cilíndrica Barra Botella, sin proteger, bulbosa Rollo («bolt») Barrica («butt») Botella, protegida, bulbosa Caja («box») Tabla, en haz/atado/fajo Barras, en haz/atado/fajo Lata, rectangular Cajón de cerveza Lechera Nasa Cofre («coffer») Jaula GACETA OFICIAL CÓDIGO CH CI CJ CK CL CO CP CR CS CT CU CV CX CY CZ DJ DP DR EN FC FD FI FL FP FR GB GI GZ HG HR IN IZ JC JG JR JT JY KG LG LZ MB MC MS MT MX NE NS NT OF PA PC PG PH PI PK DESCRIPCIÓN Arcón Lata Ataúd Cuba («cask») Bobina («coil») Garrafa, sin proteger Garrafa, protegida Cajón Caja («case») Cartón Cubo («cup») Funda Lata, cilíndrica Cilindro Lona Damajuana, sin proteger Damajuana, protegida Tambor Sobre Cajón de fruta Cajón armado Barrilito Frasco Película plástica («filmpack») Marco Bombona de gas Viga Viga, en haz/atado/fajo Cuba («hogshead») Canasta Lingote Lingotes, en haz/atado/fajo Jerricán, rectangular Jarra («jug») Tarro Saco de yute Jerricán,cilíndrico Barrilete («keg») Tronco Tronco, en haz/atado/fajo Bolsa de hojas superpuestas Cajón de leche Saco de paredes múltiples Estera Caja de fósforos Sin envasar o sin empaquetar Caja-nido Red («net») Cofre («footlocker») Cajetilla Paquete («parcel») Chapa Cántaro («pitcher») Tubo («pipe») Fardo («package») 24/11/2011 9.16 CÓDIGO PL PN PO PT PU PU PY PZ PZ RD RG RL RO RT RZ SA SC SD SE SH SK SL SM ST SU SW SZ TB TC TD TK TN TO TR TS TU TY TZ VA VG VI VL VO DESCRIPCIÓN Cubeta («pail») Tablón Saquito («pouch») Vasija Bandeja («tray») Paquete de bandejas («tray pack») Chapas, en haz/atado/fajo Tablones, en haz/atado/fajo Tubos («pipes»), en haz/atado/fajo Varilla Anillo Carrete («reel») Rollo («roll») Saco de red («rednet») Varillas, en haz/atado/fajo Saco Cajón plano Bobina («spindle») Arcón marino Bolsita («sachet») Jaula abierta Lámina deslizadora («slipsheet») Lámina Hoja Maleta Película termorretráctil Hojas, en haz/atado/fajo Cuba Cajón de té Tubo, plegable («tube, collapsible») Tanque, rectangular Bote de hojalata Tonel Baúl («trunck») Fajos («truss») Tubo («tube») Tanque, cilíndrico Tubos («tubes»), en haz/atado/fajo Tanque Gas, a granel (a 1031 mbar a 15 °C) Frasca Líquido, a granel Sólido a granel, partículas grandes (nódulos) VP Envasado al vacío VQ Gas licuado a granel (a temperatura/presión anormales) VR Sólido a granel, partículas granulares (granos) VY Sólido a granel, partículas finas (polvos) WB Botella enfundada Fuente: UN/CEFACT Códigos para pasajeros, tipos de carga, embalajes y materiales de embalaje, Recomendación Nº 21/Rev.

3. GACETA OFICIAL 24/11/2011 10.16 Tabla 12 Unidades físicas normalizadas Código KG KI M M2 M3 CM3 L KW3 U 2U 12U U3 Descripción Kilogramo Quilate Metro Metro cuadrado Metro cúbico Centímetro cúbico Litro Kilovatio hora por 10**3 (1000KWH) Unidad Par Docena Unidad por 10**3 (1000 u) Magnitud Peso Longitud Área Volumen Energía eléctrica Cantidad De corresponder se realizarán las conversiones necesarias, para lo cual se tomarán en cuenta los factores de conversión de las principales unidades físicas, establecidos por la División de Estadísticas de las Naciones Unidas.

Fuente: Decisión N° 653 “Nomenclatura Común – NANDINA y sus actualizaciones” Tabla 13 Nomenclatura de Unidades Territoriales Estadísticas de la Comunidad Andina (NUTE) CÓDIGO DIVISION BOLIVIA 10102 LA PAZ 10104 ORURO 10105 POTOSÍ 10207 SANTA CRUZ 10208 BENI 10209 PANDO 10301 CHUQUISACA 10303 COCHABAMBA 10306 TARIJA COLOMBIA 20111 BOGOTA D.C. 20208 ATLANTICO 20213 BOLIVAR 20220 CESAR 20223 CORDOBA 20244 LA GUAJIRA 20247 MAGDALENA 20270 SUCRE DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PRO20288 VIDENCIA Y SANTA CATALINA 20319 CAUCA CÓDIGO DIVISION 20327 CHOCO 20352 NARIÑO 20376 VALLE DEL CAUCA 20418 CAQUETA 20486 PUTUMAYO 20491 AMAZONAS 20494 GUAINIA 20495 GUAVIARE 20497 VAUPES 20505 ANTIOQUIA 20554 NORTE DE SANTANDER 20568 SANTANDER 20615 BOYACA 20617 CALDAS 20625 CUNDINAMARCA 20641 HUILA 20663 QUINDIO 20666 RISARALDA 20673 TOLIMA 20750 META 20781 ARAUCA 20785 CASANARE 20799 VICHADA GACETA OFICIAL CÓDIGO 24/11/2011 11.16 DIVISION ECUADOR 30101 AZUAY 30102 BOLÍVAR 30103 CAÑAR 30104 CARCHI 30105 COTOPAXI 30106 CHIMBORAZO 30110 IMBABURA 30111 LOJA 30117 PICHINCHA 30118 TUNGURAHUA SANTO DOMINGO DE LOS 30123 TSÁCHILAS 30207 EL ORO 30208 ESMERALDAS 30209 GUAYAS 30212 LOS RÍOS 30213 MANABI 30224 SANTA ELENA 30314 MORONA SANTIAGO 30315 NAPO 30316 PASTAZA 30319 ZAMORA CHINCHIPE 30321 SUCUMBÍOS 30322 ORELLANA 30420 GALAPÁGOS PERÚ 40106 CAJAMARCA 40114 LAMBAYEQUE CÓDIGO DIVISION 40120 PIURA 40124 TUMBES 40201 AMAZONAS 40222 SAN MARTIN 40316 LORETO 40410 HUANUCO 40425 UCAYALI 40502 ANCASH 40513 LA LIBERTAD 40607 CALLAO 40615 LIMA 40712 JUNIN 40719 PASCO 40808 CUSCO 40817 MADRE DE DIOS 40903 APURIMAC 40905 AYACUCHO 40909 HUANCAVELICA 41004 AREQUIPA 41011 ICA 41118 MOQUEGUA 41121 PUNO 41123 TACNA Fuente: Decisión 534, Nomenclatura de las unidades territoriales estadísticas de la Comunidad Andina, Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, Año XIX - Número 849, 7 de octubre de 2002 y sus actualizaciones Tabla 14 Naturaleza de la transacción CÓDIGO 01 02 03 04 05 06 07 08 DESCRIPCIÓN Compraventa a precio firme para la exportación hacia el territorio aduanero de la Comunidad Andina Compraventa a precio firme para la exportación hacia el territorio aduanero de la Comunidad Andina posterior al embarque de las mercancías y antes de su importación (ventas sucesivas) Compraventa a precio provisional (revisable) para la exportación hacia el territorio aduanero de la Comunidad Andina Compraventa para uso interno o en el exterior y posterior exportación hacia o desde el territorio aduanero de la Comunidad Andina Consignación de mercancías Suministros gratuitos (regalos, muestras, material publicitario) Suministro de mercancías a sucursales provenientes directa o indirectamente de su casa principal Suministro de materiales y/o maquinaria en el marco de un contrato general de construcción (envíos parciales) GACETA OFICIAL 24/11/2011 12.16 Suministros de mercancías en el marco de programas de ayuda promovidos o financiados total o parcialmente por la Comunidad Andina u otro Organismo Internacional 10 Sustitución de mercancías devueltas 11 Sustitución de mercancías no devueltas (por ejemplo bajo garantía) Intercambio compensado (trueque, compra con contrapartida, cuenta com12 probante, oferta de compra, acuerdo de compensación, comercio triangular, canje, compensación parcial) 13 Arrendamiento o alquiler 14 Arrendamiento financiero 15 Préstamo o comodato 16 Servicio de ensamble o transformación 17 Reparación o mantenimiento a titulo gratuito 18 Reparación o mantenimiento a titulo oneroso 19 Ayudas gubernamentales 20 Otras ayudas (privadas o de organizaciones no gubernamentales) Operaciones en el marco de programas intergubernamentales de fabrica21 ción conjunta 22 Otras transacciones para usos temporales 23 Otras transacciones.

Especifique en el formulario Fuente: Resolución 1239: “Actualiza la Resolución 1112 – Adopción de la Declaración Andina del Valor”. 09 Tabla 15 Condiciones de entrega CÓDIGO DESIGNACIÓN EXW En Fábrica (…lugar convenido) FCA FAS FOB CFR CIF CPT DEFINICIÓN El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido sin despacharla para la exportación ni cargarla en un vehículo receptor.

Franco Transportista El vendedor entrega la mercancía, despachada para la exportación, al ( lugar convenido) transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido. Este término puede emplearse con cualquier modo de transporte. Franco al costado del El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es colocada al buque ( puerto de costado del buque en el puerto de embarque convenido.

Puede usarse carga convenido) únicamente para transporte por mar o vías de navegación interior. Franco a bordo El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda ( puerto de carga del buque en el puerto de embarque convenido. Puede ser utilizado convenido) sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores.

Coste y Flete El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda ( puerto de destino del buque en el puerto de embarque. El vendedor debe pagar los cosconvenido) tes y el flete. Puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores. Coste, seguro y flete El vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para llevar la ( puerto de destino mercancía al puerto de destino convenido.

El vendedor debe también convenido) procurar un seguro marítimo para los riesgos del comprador por pérdida o daño de la mercancía durante el transporte. Transporte pagado El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a dispohasta ( lugar de sición del transportista designado por él; además debe pagar los costes destino convenido) del transporte.

Puede emplearse con cualquier modo de transporte, incluyendo el multimodal. GACETA OFICIAL CÓDIGO DESIGNACIÓN CIP Transporte y seguro pagado hasta ( lugar de destino convenido) DAT Entregada en terminal (…lugar de destino convenido) DAP Entregada en lugar (…lugar de destino convenido) DDP Entregada Derechos Pagados ( lugar de destino convenido) ZZZ 24/11/2011 13.16 DEFINICIÓN El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por él mismo pero, debe pagar, además, los costes del transporte necesario para llevar la mercancía al destino convenido.

El vendedor también debe conseguir un seguro contra el riesgo que soporta el comprador por la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte. Puede emplearse con independencia del modo de transporte, incluyendo el multimodal. El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía, una vez descargada del medio de transporte de llegada, se pone a disposición del comprador en la terminal designada en el puerto o lugar de destino designados.

“Terminal” incluye cualquier lugar, cubierto o no, como un muelle, almacén, estación de contenedores o terminal de carretera, ferroviaria o aérea. El vendedor corre con todos los riesgos que implica llevar la mercancía hasta la terminal en el puerto o en el lugar de destino designados y descargarla allí. El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición de la compradora en el medio de transporte de llegada preparada para la descarga en el lugar de destino designado.

El vendedor corre con todos los riesgos que implica llevar la mercancía hasta el lugar designado. El vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador, despachada para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido. El vendedor debe soportar todos los costes y riesgos contraídos al llevar la mercancía hasta aquel lugar, incluyendo, cuando sea pertinente, cualquier “derecho” (término que incluye la responsabilidad y los riesgos para realizar los trámites aduaneros, y el pago de los trámites, derechos de aduanas, impuestos y otras cargas) exigibles a la importación en el país de destino. Puede emplearse con independencia del modo de transporte, pero cuando la entrega deba tener lugar en el puerto de destino a bordo del buque o sobre el muelle (desembarcadero) deben usarse los términos DES o DEQ.

Cuando se trate de una condición de entrega diferente a los Incoterms y especificar en la casilla 49. Fuente: INCOTERMS 2010. Tabla 16 Monedas CÓDIGO AED AFN ALL AMD ANG AOA ARS AUD AWG AZM BAM BBD BDT BGN BHD BIF BMD DESIGNACIÓN Dirham de los Emiratos Árabes Unidos Afgani afgano Lek albano Dram armenio Florín de las Antillas Holandesas Kwanza angoleño Peso argentino Dólar australiano Florín arubeño Manat azerbaiyano Marco Convertible de Bosnia-Herzegovina Dólar de Barbados Taka de Bangladesh Lev búlgaro Dinar bahreiní Franco burundés Dólar de Bermuda CÓDIGO BND BOB BOV BRL BSD BTN BWP BYR BZD CAD CDF CHF CLF CLP CNY COP COU DESIGNACIÓN Dólar de Brunei Boliviano Mvdol boliviano (código de fondos) Real brasileño Dólar bahameño Ngultrum de Bután Pula de Botswana Rublo bielorruso Dólar de Belice Dólar canadiense Franco congoleño Franco suizo Unidades de fomento chilenas (código de fondos) Peso chileno Yuan Renminbi de China Peso colombiano Unidad de valor real CÓDIGO CRC CSD CUP CVE CYP CZK DJF DKK DOP DZD EEK EGP ERN ETB EUR FJD DESIGNACIÓN colombiana (añadida al COP) Colón costarricense Dinar serbio (It was replaced by RSD on October 25, 2006) Peso cubano Escudo caboverdiano Libra chipriota Koruna checo Franco yibutiano Corona danesa Peso dominicano Dinar algerino Corona estonia Libra egipcia Nakfa eritreo Birr etíope Euro Dólar fijiano GACETA OFICIAL CÓDIGO FKP GBP GEL GHC GIP GMD GNF GTQ GYD HKD HNL HRK HTG HUF IDR ILS INR IQD IRR ISK JMD JOD JPY KES KGS KHR KMF KPW KRW KWD KYD KZT LAK LBP LKR LRD LSL LTL LVL LYD MAD MDL MGA MKD MMK MNT MOP MRO MTL DESIGNACIÓN Libra malvinense Libra esterlina (libra de Gran Bretaña) Lari georgiano Cedi ghanés Libra de Gibraltar Dalasi gambiano Franco guineano Quetzal guatemalteco Dólar guyanés Dólar de Hong Kong Lempira hondureño Kuna croata Gourde haitiano Forint húngaro Rupiah indonesia Nuevo shequel israelí Rupia india Dinar iraqí Rial iraní Króna islandesa Dólar jamaicano Dinar jordano Yen japonés Chelín keniata Som kirguís (de Kirguistán) Riel camboyano Franco comoriano (de Comoras) Won norcoreano Won surcoreano Dinar kuwaití Dólar caimano (de Islas Caimán) Tenge kazajo (de Kazajstán) Kip lao Libra libanesa Rupia de Sri Lanka Dólar liberiano Loti lesothense (de Lesotho) Litas lituano Lat letón Dinar libio Dirham marroquí Leu moldavo Ariary malgache (de Madagascar) Denar macedonio Kyat myanmaro Tughrik mongol Pataca de Macao Ouguiya mauritana Lira maltesa 24/11/2011 14.16 CÓDIGO MUR MVR MWK MXN MXV MYR MZM NAD NGN NIO NOK NPR NZD OMR PAB PEN PGK PHP PKR PLN PYG QAR RON RUB RWF SAR SBD SCR SDD SEK SGD SHP SKK SLL SOS SRD STD SYP SZL THB TJS TMM TND TOP TRY TTD DESIGNACIÓN Rupia mauricia Rufiyaa maldiva Kwacha malawiano Peso mexicano Unidad de Inversión (UDI) mexicana (código de fondos) Ringgit malayo Metical mozambiqueño Dólar namibio Naira nigeriana Córdoba nicaragüense Corona noruega Rupia nepalesa Dólar neozelandés Rial omaní (de Omán) Balboa panameña Nuevo sol peruano Kina de Papúa Nueva Guinea Peso filipino Rupia pakistaní zloty polaco Guaraní paraguayo Rial qatarí Leu rumano (desde el 1 de julio de 2005) Rublo ruso Franco ruandés Riyal saudí Dólar de las Islas Salomón Rupia de Seychelles Dinar sudanés Corona sueca Dólar de Singapur Libra de Santa Helena Corona eslovaca Leone de Sierra Leona Chelín somalí Dólar surinamés (desde el 1 de enero de 2004) Dobra de Santo Tomé y Príncipe Libra siria Lilangeni suazi (de Suazilandia) Baht tailandés Somoni tayik (de Tayikistán) Manat turcomano Dinar tunecino Pa'anga tongano Nueva lira turca Dólar de Trinidad y Tobago CÓDIGO TWD TZS UAH UGX USD USN DESIGNACIÓN Dólar taiwanés Chelín tanzano Hryvnia ucraniana Chelín ugandés Dólar estadounidense Dólar estadounidense (Siguiente día) (código de fondos) USS United States dollar (Mismo día) (código de fondos) UYU Peso uruguayo UZS Som uzbeco VEB Bolívar venezolano VEF Bolívar venezolano VND Dong vietnamita VUV Vatu vanuatense WST Tala samoana XAF Franco CFA XAG Onza de plata XAU Onza de oro XBA European Composite Unit (EURCO) (Bonds market unit) XBB European Monetary Unit (E.M.U.-6) (Bonds market unit) XBC European Unit of Account 9 (E.U.A.-9) (Bonds market unit) XBD European Unit of Account 17 (E.U.A.-17) (Bonds market unit) XCD Dólar del Caribe Oriental XDR Special Drawing Rights (FMI) XFO Franco de oro (Special settlement currency) XFU Franco UIC (Special settlement currency) XOF Franco CFA XPD Onza de paladio XPF Franco CFP XPT Onza de platino XTS Reservado para pruebas XXX Sin divisa YER Rial yemení (de Yemen) ZAR Rand sudafricano ZMK Kwacha zambiano ZWD Dólar zimbabuense Fuente: ISO 4217, Códigos para la representación de monedas y fondos.

GACETA OFICIAL 24/11/2011 15.16 Tabla 17 Forma de Pago CODIGO DESCRIPCIÓN 01 Pago anticipado 02 Pago al contado 03 Pago a crédito 04 Pago Mixto (especifique) 05 Sin pago 06 Otro Fuente: Resolución 1239: “Actualiza la Resolución 1112 – Adopción de la Declaración Andina del Valor” Tabla 18 Tipo de documentos CÓDIGO DESCRIPCIÓN 01 Certificados 02 Certificado de origen 03 Documentos que soportan la transacción comercial 04 Documento de transporte 05 Licencias /Autorizaciones 06 DAV 07 DUA 08 Resoluciones 09 Garantías 10 Otros Tabla 19 Precintos o marcas de identificación CÓDIGO DESCRIPCIÓN 1 Con precinto 2 Con marca de identificación 3 Sin marca ni precinto GACETA OFICIAL 24/11/2011 16.16 Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 710-6400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú