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Gace1941CAN · Official Gazettes2011-04-27

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Año XXVIII - Número 1941 Lima, 27 de abril de 2011 SUMARIO Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, reunido en forma ampliada con la Comisión de la Comunidad Andina Pág. Decisión 746.- Preferencias arancelarias a la República Bolivariana de Venezuela Decisión 747.- Ratificación de encargo como Secretario General ad interim DECISION 746 Preferencias arancelarias a la República Bolivariana de Venezuela EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, REUNIDO EN FORMA AMPLIADA CON LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los Artículos 16, 20, 22, los Capítulos VI y XII, el Artículo 135 del Acuerdo de Cartagena, el artículo 7 de la Decisión 407 y la Decisión 598; y,

CONSIDERANDO

Que la República Bolivariana de Venezuela comunicó por escrito a la Presidencia y a los Representantes de los Países Miembros en la Comisión de la Comunidad Andina, con fecha 22 de abril de 2006, su decisión de denunciar el Acuerdo de Cartagena; Que de acuerdo con lo previsto en el Artículo 135 del Acuerdo de Cartagena, a partir de la comunicación de la denuncia cesan para el denunciante los derechos y obligaciones derivados de su condición de Miembro, con excepción de las ventajas recibidas y otorgadas de conformidad con el Programa de Liberación de la Subregión, las cuales permanecerán en vigencia por un plazo de cinco años a partir de la denuncia;

Que los Países Miembros de la Comunidad Andina y la República Bolivariana de Venezuela han acordado mantener las preferencias arancelarias de manera temporal hasta que se celebren y entren en vigencia los acuerdos bilaterales permanentes que suscriban entre ellos; DECIDE: Artículo Único.- Los Países Miembros mantendrán vigentes, de manera temporal y recíproca, las preferencias arancelarias previstas en el Artículo 135 del Acuerdo de Cartagena a las importaciones originarias de la República Bolivariana de Venezuela.

Cada País Miembro aplicará esta disposición hasta la entrada en vigor de un acuerdo comercial bilateral suscrito entre el País Andino y la República Bolivariana de Venezuela. Con sujeción al principio de reciprocidad, la presente Decisión será aplicable a las importaciones que se hayan efectuado a partir del 22 de abril de 2011. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil once.

Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 27/04/2011 2.2 DECISION 747 Ratificación de encargo como Secretario General ad interim EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, REUNIDO EN FORMA AMPLIADA CON LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Artículo 32 del Acuerdo de Cartagena, el literal k) del Artículo 7 del Reglamento del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (Decisión 407), el Artículo 13 del Reglamento de la Secretaría General (Decisión 409); y,

CONSIDERANDO

Que mediante comunicación escrita de fecha 19 de abril de 2010, dirigida al Presidente del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, el señor Freddy Ehlers Zurita presentó su renuncia al cargo de Secretario General de la Comunidad Andina a partir del día 8 de mayo; Que mediante comunicación escrita de fecha 6 de mayo, el Presidente del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, en nombre de los miembros del Consejo y de la Comisión de la Comunidad Andina aceptó la renuncia;

Que mediante la referida comunicación se encargó a partir del 8 de mayo al señor Adalid Contreras Baspineiro, como Secretario General ad interim, en virtud de su condición de Director General de mayor antigüedad en el cargo, de conformidad con el Artículo 13 de la Decisión 409; Que mediante comunicación escrita de fecha 6 de julio de 2010, el Presidente del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, en nombre de los miembros del Consejo y de la Comisión de la Comunidad Andina, informó al señor Contreras Baspineiro la extensión de su encargo como Secretario General interino de la Comunidad Andina hasta tanto se elija y tome posesión el nuevo Secretario General;

DECIDE: Artículo 1.- Ratificar el encargo como Secretario General ad interim al señor Adalid Contreras Baspineiro, hasta tanto se elija y tome posesión el nuevo Secretario General de la Comunidad Andina. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil once. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 710-6400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú