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Article 9

La Solicitud A Que Se Refiere El Artículo Anterior Será Repartida Inmediatamente Al Respectivo Magistrado Sustanciado, Quien Resolverá Sobre Su Admisión Dentro De Los Tres (3) Días Siguientes

Decreto 765 de 1977 · Por el cual se reglamentan los artículos 30, 31 y 32 del Decreto -Ley 196 de 1971, y se regula la prestación de servicio profesional para optar al título de abogado

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01

Text of the article

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º La solicitud a que se refiere el artículo anterior será repartida inmediatamente al respectivo magistrado sustanciado, quien resolverá sobre su admisión dentro de los tres (3) días siguientes. Si la encontrare admisible, la sala de decisión expedirá la licencia temporal. Si la encontrare inadmisible el sustanciador, así lo decidirá en providencia motivada, contra la cual precede el recurso de súplica ante los toros magistrados que componen la respectiva sala de decisión.

Parágrafo

En firme la providencia por la cual se otorga la licencia temporal, el Tribunal que la hubiese concedido enviará copia al ministerio de Justicia, División de Asesora a la Rama Jurisdiccional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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