Artículo quinto. La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones: a) Formular la política general del organismo y los planes y programas que conforme a las reglas que prescriban, el Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General de Presupuesto, deber proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y, a través de éstos, a los planes generales del desarrollo; b9 Adoptar los estatutos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzcan y someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional: c) Estudiar y aprobar el presupuesto del Instituto; d) Autorizar y aprobar todo acto o contrato del Instituto cuya cuantía exceda de cien mil pesos ($ 100.000.00), e) Aprobar los balances contables del Instituto; f) Determinar la organización interna del Instituto, su planta de personal y señalar las asignaciones correspondientes conforme a las disposiciones legales sobre la materia; g) Establecer las normas para la constitución de empresas regionales y locales.
Decreto 3178 de 1968 →In force
Article 5
Decreto 3178 de 1968 · por el cual se reorganiza el Instituto Nacional de Fomento Municipal.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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