La emisión de los bonos y todo lo relativo a la suscripción, servicio y amortización de ellos e inversión del producto de los mismos, será reglamentado por medio de resoluciones especiales de la Junta Directiva y con sujeción a las normas legales pertinentes (artículo 10, Ley 85 de 1946, artículo 19 del Decreto 722 de 1947). El servicio de intereses y amortización de los bonos lo hará directamente el Instituto con sus propios recursos. CAPITULO X Liquidación
Decreto 1510 de 1947 →In force
Article 69
La Emisión De Los Bonos Y Todo Lo Relativo A La Suscripción, Servicio Y Amortización De Ellos E Inversión Del Producto De Los Mismos, Será Reglamentado Por Medio De Resoluciones Especiales De La Junta Directiva Y Con Sujeción A Las Normas Legales Pertinentes (Artículo 10, Ley 85 De 1946, Artículo 19 Del Decreto 722 De 1947)
Decreto 1510 de 1947 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto de Crédito Territorial
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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