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Article 1

º

Decreto 778 de 1997 · por el cual se modifica el Decreto número 1590 de 1994.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. El número 1, del artículo 2º del Decreto 1590 de 1994, quedará así "Artículo 2º Tendrán derecho a la expedición de Pasaporte Diplomático "I Los titulares de los siguientes cargos durante el desempeño de sus funciones Presidente de la República y sus hijos; Vicepresidente de la República y sus hijos; Ministros; Directores de Departamentos Administrativos; Miembros de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores; Comandante General de las Fuerzas Militares; Fiscal General de la Nación; Vicefiscal General de la Nación; Procurador General de la Nación; Defensor del Pueblo; Contralor General de la República; Veedor del Tesoro (mientras exista este cargo en el ordenamiento interno); Secretario General de la Presidencia de la República; Secretario privado del Presidente de la República; Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Militares; Director General de la Policía Nacional; Comandantes de Fuerza; Gerente General de Proexport Colombia"

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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