°. Para obtener los certificados de cambio que mensualmente requiera la Empresa Colombiana de Petróleos, ésta presentará, por si o por conducto del Banco autorizado, a la Oficina de Registro de Cambios la solicitud correspondiente acompañada de una certificación del vendedor del crudo, en que conste la procedencia, volumen y valores en dólares del petróleo vendido en cada mes a "Ecopetrol". La certificación anterior llevará el visto bueno del Ministerio de Minas y Petróleos.
Article 2
Para Obtener Los Certificados De Cambio Que Mensualmente Requiera La Empresa Colombiana De Petróleos, Ésta Presentará, Por Si O Por Conducto Del Banco Autorizado, A La Oficina De Registro De Cambios La Solicitud Correspondiente Acompañada De Una Certificación Del Vendedor Del Crudo, En Que Conste La Procedencia, Volumen Y Valores En Dólares Del Petróleo Vendido En Cada Mes A "ecopetrol"
Decreto 653 de 1965 · Por el cual se reglamenta en inciso final del artículo 19 del Decreto extraordinario número 1734 de 1964
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Constitutional history
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