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Article 5

En Ejercicio De Sus Funciones De Vigilancia, Y Con El Fin De Proteger Los Intereses De Los Socios O Accionistas, O De Terceros, La Superintendencia De Sociedades Anónimas, Podrá Tomar Las Siguientes Medidas Precautelativas Cuando Se Violen Las Normas Legales O Estatutarias Por Las Sociedades Sometidas A Su Control: A) Ordenar El Retiro De Las Acciones De Los Mercados Públicos De Valores, Mediante Resolución Que Se Comunicará Dichos Mercados Y Se Publicará En La Prensa; Y B) Suspender El Permiso De Funcionamiento De La Sociedad, Por Resolución Que La Incapacitará Para Seguir Desarrollando Su Objeto Y Que Deberá Registrarse En Las Cámaras De Comercio De Su Domicilio Y Sucursales, Y Publicarse En La Prensa

Decreto 2831 de 1952 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre sociedades comerciales

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01

Text of the article

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º. En ejercicio de sus funciones de vigilancia, y con el fin de proteger los intereses de los socios o accionistas, o de terceros, la Superintendencia de Sociedades Anónimas, podrá tomar las siguientes medidas precautelativas cuando se violen las normas legales o estatutarias por las sociedades sometidas a su control

a)

Ordenar el retiro de las acciones de los mercados públicos de valores, mediante resolución que se comunicará dichos mercados y se publicará en la prensa; y

b)

Suspender el permiso de funcionamiento de la sociedad, por resolución que la incapacitará para seguir desarrollando su objeto y que deberá registrarse en las Cámaras de Comercio de su domicilio y sucursales, y publicarse en la prensa. Contra las resoluciones que se dicten en desarrollo de este artículo procederán el recurso de reposición y el de apelación en el efecto suspensivo ante el Ministerio de Fomento. Mientras se surten dichos recursos las resoluciones mencionadas se mantendrán en reserva y solamente podrán conocerlas los representantes legales de las sociedades a que refieren. Las medidas antedichas podrán revocarse cuando se acredite plenamente que se subsanaron las irregularidades que las motivaron. La revocación deberá comunicarse o registrarse, según el caso, y publicarse en la forma prevista en este artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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