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Article 12

Ley 49 de 1983 · Por la cual se constituyen las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes, se reorganizan las Juntas Municipales de Deportes y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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Los Directores Ejecutivos de las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes, tendrán las siguientes funciones específicas:

a)

Asistir, con derecho a voz, a las sesiones del Consejo Directivo.

b)

Diseñar la planta de personal de la entidad, señalar los cargos y sus funciones y proponer las asignaciones correspondientes y someter el proyecto a la aprobación del Consejo Directivo.

c)

Poner en ejecución las políticas, planes y programas de carácter nacional y regional.

d)

Presentar a su Consejo Directivo los proyectos anuales de presupuestos para su aprobación y la del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte.

e)

Dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de las funciones de la Junta Administradora Seccional de Deportes, de conformidad con las disposiciones legales y estatutarias.

f)

Nombrar y remover, conforme a las disposiciones legales y estatutarias, los funcionarios de la Junta Administradora Seccional de Deportes.

g)

Ejercer el control y supervisión, en todo orden, de los organismos del deporte asociados, de la recreación deportiva y demás organizaciones reconocidas por el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte.

h)

Las demás que le señalen el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, los estatutos y las que refiriéndose a la marcha de la Junta Administradora Seccional de Deportes no estén expresamente atribuidas a otras autoridades.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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