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Article 38

Son Atribuciones Y Deberes Del Subdirector, Fuera De Los Que Se Le Señalen En El Reglamento Interno: Ejercer, Bajo La Inmediata Dependencia Del Director, Una Continua Vigilancia Y Un Exacto Control Sobre La Marcha De Los Diversos Ramos Del Servicio Disciplinario, Económico E Industrial, Y Reemplazar Al Director En Sus Fallas Temporales O En Caso De Ausencia O Impedimento

Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario

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01

Text of the article

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Son atribuciones y deberes del Subdirector, fuera de los que se le señalen en el reglamento interno: ejercer, bajo la inmediata dependencia del Director, una continua vigilancia y un exacto control sobre la marcha de los diversos ramos del servicio disciplinario, económico e industrial, y reemplazar al Director en sus fallas temporales o en caso de ausencia o impedimento.

Parágrafo

En las Cárceles y Penitenciarías donde no existe el empleo de Subdirector, el Secretario tendrá, además de sus funciones, las que por el presente decreto se señalan para los Subdirectores.

02

Constitutional history

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