A Partir Del Primero (1°) De Enero En Curso, Fecha Desde La Cual Vienen Prestando Servicios, Incorpórase Al Capítulo 87, Artículo 1568 Del Presupuesto Vigente, El Personal De Empleados Accidentales Para Reemplazar Titulares En Uso De Vacaciones En El Ramo De Telégrafos Cuyo Costo Mensual, Según Decreto Número 633 De 1945 (Marzo 12), Es De $ 3
Decreto 110 de 1946 · por el cual se hacen unas modificaciones y se fijan unas asignaciones al personal del ramo de Telégrafos, en el Ministerio de Correos y Telégrafos.
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° A partir del primero (1°) de enero en curso, fecha desde la cual vienen prestando servicios, incorpórase al Capítulo 87, artículo 1568 del Presupuesto vigente, el personal de empleados accidentales para reemplazar titulares en uso de vacaciones en el ramo de Telégrafos cuyo costo mensual, según Decreto número 633 de 1945 (marzo 12), es de $ 3.576.00
Parágrafo
Los empleados que vienen desempeñando las plazas a que se refiere el presente artículo, no necesitan de nuevo posesión.
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Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.