° A partir del primero (1°) de enero en curso, fecha desde la cual vienen prestando servicios, incorpórase al Capítulo 87, artículo 1568 del Presupuesto vigente, el personal de empleados accidentales para reemplazar titulares en uso de vacaciones en el ramo de Telégrafos cuyo costo mensual, según Decreto número 633 de 1945 (marzo 12), es de $ 3.576.00
Los empleados que vienen desempeñando las plazas a que se refiere el presente artículo, no necesitan de nuevo posesión.