En vista de los informes y proyectos de la junta de auxilios y del interventor, el ministerio de obras públicas resolverá en definitiva sobre la adjudicación de las casas y sobre la cuantía que en cada caso corresponda como cesión gratuita. Para este efecto, el ministerio podrá exigir de la junta, del interventor, de los empleados oficiales o de los damnificados, antes de hacer el reconocimiento de la adjudicación, él envió de los datos, informes y comprobantes que estime necesarios.
Decreto 1965 de 1939 →In force
Article 16
En Vista De Los Informes Y Proyectos De La Junta De Auxilios Y Del Interventor, El Ministerio De Obras Públicas Resolverá En Definitiva Sobre La Adjudicación De Las Casas Y Sobre La Cuantía Que En Cada Caso Corresponda Como Cesión Gratuita
Decreto 1965 de 1939 · Por el cual se reglamenta el artículo 1º de la ley 46 de 1937, que provee la adjudicación de casas a los damnificados en el terremoto de la ciudad de Túquerres
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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