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Article 11

El Subsidio De Alimentación De Los Empleados Públicos Para Quienes Rige El Presente Decreto Y Que Devenguen Asignaciones Básicas No Superiores A $ 15

Decreto 3269 de 1979 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas especiales del orden nacional y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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El subsidio de alimentación de los empleados públicos para quienes rige el presente Decreto y que devenguen asignaciones básicas no superiores a $ 15.000 mensuales continuará reconociéndose en la suma de quinientos pesos mensuales ($ 500.00) pagaderos por las respectivas entidades. No se tendrá derecho a este subsidió cuando el funcionario disfrute de vacaciones, o esté en licencia superior a quince días.

Parágrafo

Cuando las entidades suministren alimentación a los empleados que conforme a este Decreto tengan derecho al subsidio, no habrá lugar a su reconocimiento en dinero.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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