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Article 11

Decreto 107 de 1989 · Por el cual se reglamentan los Comités DRI.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los Comités DRI Municipales tendrán las siguientes funciones

a)

Elaborar planes y proyectos de desarrollo con base en las propuestas veredales.

b)

Presentar propuestas de acción sobre los planes de desarrollo integral en áreas DRI, a la administración municipal.

c)

Identificar y someter a consideración de la administración municipal proyectos de cofinanciación y cooperación.

d)

Estudiar las iniciativas y sugerencias de los Comités DRI Veredales y presentarlos a la administración municipal.

e)

Estudiar las iniciativas y sugerencias de la administración municipal para la cofinanciación de programas y proyectos de inversión.

f)

Presentar propuestas sobre las necesidades prioritarias y concertar la programación anual con la administración municipal.

g)

Evaluar el desarrollo de las acciones DRI y proponer los ajustes pertinentes, y

h)

Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos entre el Fondo DRI y la administración municipal.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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