JurídicoESEN

Article 676

Decreto 624 de 1989 · Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

1 ruling reviewed it
01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

EXTEMPORANEIDAD EN LA ENTREGA DE LA INFORMACIÓN DE LOS DOCUMENTOS RECIBIDOS DE LOS CONTRIBUYENTES. Cuando las entidades autorizadas para recaudar impuestos incumplan los términos fijados y lugares señalados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la entrega de los documentos recibidos, así como para entregar la infor­mación correspondiente a esos documentos en medios electrónicos o en los mecanismos que se determinen para la grabación y transmisión, incurrirán en las siguientes sanciones, por cada documento

1.

De uno (1) a cinco (5) días de retraso, una sanción de una (1) UVT.

2.

De seis (6) a diez (10) días de retraso, una sanción dos (2) UVT.

3.

De once (11) a quince (15) días de retraso, una sanción de tres (3) UVT.

4.

De quince (15) a veinte (20) días de retraso, una sanción de cuatro (4) UVT.

5.

De veinte (20) a veinticinco (25) días de retraso, una sanción de cinco (5) UVT.

6.

Más de veinticinco (25) días de retraso, una sanción de ocho (8) UVT. Los términos se contaran por días calendario, a partir del día siguiente al vencimiento del plazo para la entrega de los documentos o la información correspondiente a los documentos, hasta el día de su entrega efectiva.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

  1. 2002
    C-893/02Constitutional reviewUPHELD
1 ruling · source: the operative part of each ruling
See all of Decreto 624 de 1989