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Article 152

Decreto 1594 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 09 de 1979, así como el Capítulo II del Título VI, Parte III, Libro II y el Título III de la Parte III, Libro I del Decreto 2311 de 1974, en cuanto a usos del agua y residuos líquidos

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01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El estudio de efecto ambiental o de impacto ambiental, deberá contener como mínimo los siguientes puntos

a)

Descripción del proyecto;

b)

Información sobre características del recurso reales o estimadas;

c)

Información detallada de las actividades del proyecto;

d)

Predicción de las alteraciones que se ocasionarían sobre el recurso;

e)

Medidas correctivas que se adoptarán para minimizar el impacto;

f)

Manejo de situaciones de emergencia;

g)

Aspectos físicos y de carácter económico y social que sean consecuencia de la actividad;

h)

Conclusiones y recomendaciones.

Parágrafo

El Ministerio de Salud y las EMAR o la EMAR correspondiente podrán establecer requisitos adicionales derivados de las características del proyecto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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