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Article 13

Modifíquese El Artículo 22 Del Decreto Número 3568 De 2011, El Cual Quedará Así: “artículo 22

Decreto 1894 de 2015 · por el cual se modifica parcialmente y se adiciona el Decreto número 3568 de 2011.

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01

Text of the article

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Modifíquese el artículo 22 del Decreto número 3568 de 2011, el cual quedará así: “Artículo 22. Funciones de la Comisión Intersectorial del Operador Económico Autorizado. Son funciones de la Comisión las siguientes

1.

Coordinar la política del Operador Económico Autorizado y servir como instancia de concertación y articulación entre los diferentes actores públicos y privados.

2.

Promover y articular mecanismos de cooperación entre entidades nacionales e internacionales en materias relacionadas con el Operador Económico Autorizado.

3.

Formular directrices que propendan al fortalecimiento, evaluación y monitoreo de la gestión y desarrollo del Operador Económico Autorizado.

4.

Darse su propio reglamento y en el mismo se deberá estandarizar la presentación técnica y metodológica de la elaboración del acta.

5.

Establecer las funciones de la Secretaría Técnica.

Parágrafo

La Secretaría Técnica de la comisión estará a cargo de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)”.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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