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Article 1

Decreto 1851 de 1920 · Por el cual se nombran Delegados a la Asamblea General de la Liga de las Naciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Nómbrase miembros de la Delegación Colombiana en ,1a Conferencia de Ginebra, a los señores doctor Francisco José Urrutia y doctor Antonio José Restrepo, acreditados ya como representantes de la Nación ante el Consejo de la Liga y que actualmente residen en Suiza.' Los miembros de la Comisión Colombiana, cuando lo estimen oportuno, en atención a la importancia de las cuestiones, podrán solicitar el concepto de los Ministros Plenipotenciarios en la Gran Bretaña y ante la Santa Sede, quienes 1 procederán en tales casos como Consultoras de la expresada delegación. Nómbrase Secretario de la Misión colombiana al señor doctor Domingo Esguerra, quien tendrá el sueldo correspondiente a Secretario de Legación de primera clase. Fíjase la suma de $ 500 mensuales como gastos de representación al Delegado doctor Antonio José Restrepo. Comuníquese y publíquese.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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