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Article 160

Decreto 1122 de 1999 · Por el cual se dictan normas para suprimir trámites, facilitar la actividad de los ciudadanos, contribuír a la eficiencia y eficacia de la Administración Pública y fortalecer el principio de la buena fe

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2 rulings reviewed it1 struck down
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Función pública registral. La función pública del registro de instrumentos públicos podrá ser ejercida por las Cámaras de Comercio del país, dentro del año siguiente a la expedición de este Decreto. En subsidio podrá estar a cargo de otros sujetos de derecho privado escogidos mediante concurso público, o del Estado directamente.

Parágrafo transitorio

La Superintendencia de Notariado y Registro continuará ejerciendo el servicio público de registro de instrumentos públicos, hasta tanto entre a operar dicha función a cargo de los particulares. Todo lo anterior se regirá por lo dispuesto en el capítulo XVI de la Ley 489 de 1998.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

  1. 1999
    C-923/99Constitutional reviewSTRUCK DOWN
  2. 1999
    C-993/99Constitutional reviewESTARSE A LO RESUELTO
2 rulings · source: the operative part of each ruling
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