Notificación de decisiones judiciales y administrativas . La notificación de una medida judicial o administrativa de embargo, secuestro, confiscación, comiso, congelamiento o bloqueo de fondos, orden de retención o cualquier otra medida cautelar se entenderá efectuada cuando la autoridad que haya adoptado la medida le informe a la entidad administradora del sistema de compensación y liquidación de operaciones sobre valores, de acuerdo con las normas propias que regulen el respectivo procedimiento. En el caso de medidas derivadas de procedimientos de naturaleza concursal, toma de posesión, disolución, liquidación o acuerdos globales de reestructuración de deudas, la notificación deberá hacerse de manera personal al representante legal de la entidad administradora del sistema de compensación y liquidación de operaciones sobre valores.
Decreto 1456 de 2007 →In force
Article 10
Notificación De Decisiones Judiciales Y Administrativas
Decreto 1456 de 2007 · por el cual se dictan disposiciones sobre los sistemas de compensación y liquidación de operaciones sobre valores.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.