Las Cajas de Compensación Familiar prestadoras de servicios de gestión y colocación de empleo . En desarrollo de lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 169 de la Ley 1450 de 2011, las Cajas de Compensación Familiar prestarán servicios de gestión y colocación de empleo, para lo cual deberán obtener autorización como agencia de colocación privada. Las Cajas prestarán los servicios de gestión y colocación de empleo de que tratan los artículos 8° y 9° del presente decreto, de forma directa o a través de entidades que se creen entre las Cajas con otras Cajas de Compensación Familiar o con terceros especializados en la correspondiente actividad. Las Cajas de Compensación Familiar iniciarán a más tardar el 30 de octubre de 2013, la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo.
Decreto 722 de 2013 →In force
Article 23
Las Cajas De Compensación Familiar Prestadoras De Servicios De Gestión Y Colocación De Empleo
Decreto 722 de 2013 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público de Empleo, se conforma la red de operadores del Servicio Público de Empleo y se reglamenta la actividad de intermediación laboral.
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01
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02
Constitutional history
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