JurídicoESEN

Article 31

La Persona Que Haya Terminado Y Aprobado Los Estudios Reglamentarios De Derecho En Universidad Oficialmente Reconocida Podrá Ejercer La Profesión De Abogado Sin Haber Obtenido El Título Respectivo, Hasta Por Dos Años Improrrogables, A Partir De La Fecha De Terminación De Sus Estudios, En Los Siguientes Asuntos: A) En La Instrucción Criminal Y En Los Procesos Penales, Civiles Y Laborales De Que Conozcan En Primera O Única Instancia Los Jueces Municipales O Laborales, En Segunda, Los De Circuito Y, En Ambas Instancias, En Los De Competencia De Los Jueces De Distrito Penal Aduanero; B) De Oficio, Como Apoderado O Defensor En Los Procesos Penales En General, Salvo Para Sustentar El Recurso De Casación Y, C) En Las Actuaciones Y Procesos Que Se Surtan Ante Los Funcionarios De Policía

Decreto 196 de 1971 · Por el cual se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacía

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

2 rulings reviewed it
01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La persona que haya terminado y aprobado los estudios reglamentarios de derecho en universidad oficialmente reconocida podrá ejercer la profesión de abogado sin haber obtenido el título respectivo, hasta por dos años improrrogables, a partir de la fecha de terminación de sus estudios, en los siguientes asuntos

a)

En la instrucción criminal y en los procesos penales, civiles y laborales de que conozcan en primera o única instancia los jueces municipales o laborales, en segunda, los de circuito y, en ambas instancias, en los de competencia de los jueces de distrito penal aduanero;

b)

De oficio, como apoderado o defensor en los procesos penales en general, salvo para sustentar el recurso de casación y,

c)

En las actuaciones y procesos que se surtan ante los funcionarios de policía.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

  1. 1997
    C-034/97Constitutional reviewUPHELD
  2. 1998
    C-744/98Constitutional review · scope: expresionUPHELD
2 rulings · source: the operative part of each ruling
See all of Decreto 196 de 1971