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Article 8

º

Decreto 1717 de 1994 · por medio del cual se reglamenta el funcionamiento de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º . De las ponencias. El Presidente de la República podrá designar, entre los miembros de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, uno o varios ponentes para aquellos temas sometidos a consulta, que ameriten, a su juicio, un profundo y detenido análisis. Las ponencias podrán ser verbales o escritas. En este último caso, deberán rendirse ante el Presidente de la República en el término por él señalado y si lo estimare conveniente, se darán a conocer, por medio de la Secretaría, a los restantes miembros de la Comisión.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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