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Article 2

Los Propietarios De Barcos, Para Efecto De La Liquidación Del Impuesto, Inscribirán En Un Libro Especial Que Se Abrirá En Las Administraciones De Hacienda Nacional Los Barcos De Su Propiedad, Expresando El Nombre De Ellos, La Ruta Que Siguen Generalmente, Su Longitud En Metros Lineales Y El Nombre Del Capitán

Decreto 1056 de 1939 · Por la cual se reglamenta el decreto número 2223 de 1938, sobre centralización del pago de los derechos de muelle

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01

Text of the article

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º Los propietarios de barcos, para efecto de la liquidación del impuesto, inscribirán en un libro especial que se abrirá en las Administraciones de Hacienda Nacional los barcos de su propiedad, expresando el nombre de ellos, la ruta que siguen generalmente, su longitud en metros lineales y el nombre del Capitán.

Parágrafo

Cuando ocurra el cambio del Capitán de un barco, deberá darse aviso de este hecho y del nombre del nuevo Capitán a la Administración de Hacienda Nacional correspondiente, antes de iniciar el viaje.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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