JurídicoESEN

Article 23

Ningún Decente Escalafonado Podrá Ser Destituido De Su Empleo Ni Excluido Del Escalafón, Sino Por Mala Conducta O Por Incompetencia Profesional Comprobada

Decreto 223 de 1972 · Por el cual se dictan disposiciones sobre escalafón del personal docente y se establecen derechos, deberes, estímulos sanciones del mismo.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Ningún decente escalafonado podrá ser destituido de su empleo ni excluido del escalafón, sino por mala conducta o por incompetencia profesional comprobada. En estos casos, la entidad nominadora lo suspenderá de inmediato y dispondrá de treinta (30) días para la instrucción del expediente y la Sección del Escalafón de sesenta (60) días para fallar.

Parágrafo

En estos casos de suspensión de un docente, si la Sección de Escalafón del Ministerio de Educación Nacional no encontrare mérito suficiente para excluírlo del escalafón, la entidad nominadora tendrá que reintegrarlo y cancelarle las asignaciones que por todo concepto haya dejado de percibir.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 223 de 1972