° El Comité Coordinador estará presidido por el Ministro de Agricultura y estará integrado por: - El Ministro de Desarrollo o su delegado. - El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado. - El Gerente General del Inderena o su delegado. - El Director de la Unidad de Investigación Federico Medem del Inderena. - Un representante de la Academia Colombiana de Ciencias Naturales, Físicas y Exactas. - Un representante del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional. - Un representante del Sector Científico. - El Presidente de la Junta Directiva de Ecofondo en representación de las Organizaciones no Gubernamentales Ambientales. - Un representante de las comunidades indígenas designado por el Consejo Nacional de Política Indigenista. - Un representante de las comunidades negras designado por el Ministerio de Gobierno. - Un representante de las comunidades de pequeños propietarios campesinos, designado por el Ministerio de Agricultura. - Un representante de la Asociación de Madereros Colombianos. - Un representante de la Asociación Colombiana de Agricultores. - Un representante de la ANDI.
Decreto 1059 de 1993 →In force
Article 3
° El Comité Coordinador Estará Presidido Por El Ministro De Agricultura Y Estará Integrado Por: - El Ministro De Desarrollo O Su Delegado
Decreto 1059 de 1993 · por el cual se crea el Comité Coordinador para la Formulación de la Estrategia Nacional de la Biodiversidad.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.