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Artículo 3

° El Comité Coordinador Estará Presidido Por El Ministro De Agricultura Y Estará Integrado Por: - El Ministro De Desarrollo O Su Delegado

Decreto 1059 de 1993 · por el cual se crea el Comité Coordinador para la Formulación de la Estrategia Nacional de la Biodiversidad.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Comité Coordinador estará presidido por el Ministro de Agricultura y estará integrado por: - El Ministro de Desarrollo o su delegado. - El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado. - El Gerente General del Inderena o su delegado. - El Director de la Unidad de Investigación Federico Medem del Inderena. - Un representante de la Academia Colombiana de Ciencias Naturales, Físicas y Exactas. - Un representante del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional. - Un representante del Sector Científico. - El Presidente de la Junta Directiva de Ecofondo en representación de las Organizaciones no Gubernamentales Ambientales. - Un representante de las comunidades indígenas designado por el Consejo Nacional de Política Indigenista. - Un representante de las comunidades negras designado por el Ministerio de Gobierno. - Un representante de las comunidades de pequeños propietarios campesinos, designado por el Ministerio de Agricultura. - Un representante de la Asociación de Madereros Colombianos. - Un representante de la Asociación Colombiana de Agricultores. - Un representante de la ANDI.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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