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Article 49

Procesos Judiciales

Decreto 4108 de 2011 · por el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio del Trabajo y se integra el Sector Administrativo del Trabajo.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Procesos Judiciales . Para garantizar la continuidad de la defensa judicial de la Nación en los procesos en que sea parte el Ministerio del Trabajo, como consecuencia de la reorganización del Ministerio de la Protección Social, se deberá asumir por parte del Ministerio de Trabajo la defensa judicial, una vez entre en vigencia el presente decreto, para lo cual se conferirán los poderes correspondientes. Durante el año siguiente a la entrada en vigencia del presente decreto, la vigilancia, supervisión y asistencia a las distintas diligencias que se susciten con ocasión de los procesos judiciales y prejudiciales del Ministerio de la Protección Social y que por su naturaleza correspondan al Ministerio de Salud y Protección Social, continuarán adelantándose por parte de las Direcciones Territoriales de Trabajo. Así mismo, las Direcciones Territoriales deberán remitir con la periodicidad requerida para ejercer la defensa oportuna, los reportes y actualizaciones del estado de los procesos, así como la documentación que se requiera a la Oficina Jurídica o Dirección Jurídica del Ministerio competente. El Ministerio de Salud y Protección Social establecerá, de común acuerdo con el Ministerio del Trabajo, a través de sus Oficinas Asesoras Jurídicas o quienes hagan sus veces, el cronograma de actividades para asumir los procesos judiciales que, en virtud de la reforma del Ministerio de la Protección Social, son de su responsabilidad, en el término establecido en el presente artículo.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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