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Article 19

Decreto 1649 de 1991 · por el cual se establece el régimen disciplinario de los funcionarios de la Dirección General de Aduanas.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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ARTICULO 19 . Procedencia. En los casos en que se proceda por faltas graves el nominador, de oficio o a solicitud del investigador, podrá separar al investigado provisionalmente del servicio hasta por un término no superior a noventa (90) días calendario. La providencia que ordene la suspensión provisional será motivada, de efecto inmediato y contra la misma no procede recurso alguno. En caso de que no se imponga sanción de destitución o suspensión, o que la que se impuso fuere inferior al término de separación del servicio, el investigado tendrá derecho al reconocimiento y pago de los salarios correspondientes.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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