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Article 15

Accesorios Prohibidos

Decreto 2535 de 1993 · por el cual se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos.

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Accesorios prohibidos. Se consideran de uso privativo de la Fuerza Pública las miras infrarrojas, laséricas o de ampliación lumínica, los silenciadores y los elementos que alteren su sonido.

El comité de armas del Ministerio de Defensa Nacional, de que trata el artículo 31 de este Decreto, podrá autorizar a particulares el uso de algunos de estos elementos para competencias deportivas.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 15. Accesorios prohibidos. Se consideran de uso privativo de la Fuerza Pública las miras infrarrojas, laséricas o de ampliación lumínica, los silenciadores y los elementos que alteren su sonido.

El comité de armas del Ministerio de Defensa Nacional, de que trata el artículo 31 de este Decreto, podrá autorizar a particulares el uso de algunos de estos elementos para competencias deportivas.

02

Constitutional history

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  1. 1995
    C-296/95Constitutional reviewUPHELD
1 ruling · source: the operative part of each ruling
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