º. Hácense los siguientes traslados dentro del capítulo 70 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso: Ocho mil pesos ($ 8,000), del artículo 754, para construcción de la Carretera Central del Norte, al artículo 753, para conservación de la carretera de Occidente, en el trayecto comprendido entre Bogotá y Cambao; y Tres mil pesos ($ 3,000), del artículo 754, Carretera Central del Norte, al «artículo 747, para conservación de la carretera de Oriente y ramal a Ubaque y la Unión.
Article 1
Hácense Los Siguientes Traslados Dentro Del Capítulo 70 De La Ley De Apropiaciones De La Vigencia En Curso: Ocho Mil Pesos ($ 8,000), Del Artículo 754, Para Construcción De La Carretera Central Del Norte, Al Artículo 753, Para Conservación De La Carretera De Occidente, En El Trayecto Comprendido Entre Bogotá Y Cambao; Y Tres Mil Pesos ($ 3,000), Del Artículo 754, Carretera Central Del Norte, Al «artículo 747, Para Conservación De La Carretera De Oriente Y Ramal A Ubaque Y La Unión
Decreto 2102 de 1930 · Por el cual se hacen dos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.