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Article 4

Del Fondo Nacional De La Porcicultura

Ley 272 de 1996 · por la cual se crea la cuota de fomento porcíno y se dictan normas sobre su recaudo y administración.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Créase el Fondo Nacional de la Porcicultura, para el manejo de los recursos provenientes del recaudo de la Cuota de Fomento Porcícola, el cual se ceñirá a los lineamientos de la política sectorial del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para el sector porcícola.

El producto de la Cuota de Fomento Porcícola, se llevará a una cuenta especial, bajo el nombre de Fondo Nacional de Porcicultura, con destino exclusivo al cumplimiento de los objetivos previstos en la presente Ley.

Los productores de porcinos, sean personas naturales, jurídicas o sociedades de hecho, los comercializadores y los importadores de carne de cerdo , estarán obligados al pago de la Cuota de Fomento Porcino.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

  1. 1997
    C-152/97Constitutional review · «Inciso 3.»STRUCK DOWN· in part
1 ruling · source: the operative part of each ruling
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