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Article 443

Turnos Para Alegar

Ley 906 de 2004 · por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.

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1 ruling reviewed it
01

Text of the article

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El fiscal expondrá oralmente los argumentos relativos al análisis de la prueba, tipificando de manera circunstanciada la conducta por la cual ha presentado la acusación.

A continuación se dará el uso de la palabra al representante legal de las víctimas, si lo hubiere, y al Ministerio Público, en este orden, quienes podrán presentar sus alegatos atinentes a la responsabilidad del acusado.

Finalmente, la defensa, si lo considera pertinente, expondrá sus argumentos los cuales podrán ser controvertidos exclusivamente por la Fiscalía. Si esto ocurriere la defensa tendrá derecho de réplica y, en todo caso, dispondrá del último turno de intervención argumentativa. Las réplicas se limitarán a los temas abordados.

02

Constitutional history

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  1. 2014
    C-616/14Constitutional review · «Inciso 3.»UPHELD
1 ruling · source: the operative part of each ruling
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