Duración y etapas del proceso de liquidación. De conformidad con lo previsto en el artículo 1 de este decreto, el proceso de liquidación deberá concluir a más tardar el 6 de agosto de 1998 y se desarrollará en las siguientes etapas
Inventario de activos y pasivos
Avalúo de bienes
Traspaso de bienes
Pago de obligaciones pendientes
Informe final y acta de liquidación