Duración y etapas del proceso de liquidación. De conformidad con lo previsto en el artículo 1 de este decreto, el proceso de liquidación deberá concluir a más tardar el 6 de agosto de 1998 y se desarrollará en las siguientes etapas
1.
Inventario de activos y pasivos
2.
Avalúo de bienes
3.
Traspaso de bienes
4.
Pago de obligaciones pendientes
5.
Informe final y acta de liquidación